El objetivo principal de este artículo es responder a una de las preguntas más comunes entre los empleadores y las cuidadoras: ¿cuáles son los derechos y las obligaciones en cuanto a la jornada de trabajo? A lo largo de este texto, te guiaremos a través de la normativa vigente en España para que puedas garantizar una relación laboral justa y legal, tanto si eres empleador como si eres cuidadora.
Es esencial que el empleador y la cuidadora establezcan un contrato que refleje el tiempo de trabajo permitido y garantice los derechos de la trabajadora. Esto también puede mejorar la relación laboral y la satisfacción de los trabajadores, lo que puede tener un impacto positivo en la labor de cuidado hacia la persona mayor.
La jornada laboral de las cuidadoras en España: ¿Qué dice la ley?
La legislación laboral española, específicamente el Real Decreto 1620/2011, regula la jornada laboral empleadas de hogar. La ley establece una jornada laboral máxima de 8 horas diarias y 40 horas a la semana de trabajo efectivo. Respetar estos límites es crucial para garantizar el descanso, la salud y los derechos de las cuidadoras, lo que a su vez se traduce en un mejor cuidado para la persona mayor.
Existen diferentes tipos de jornada que se pueden pactar en el contrato de trabajo:
- Jornada completa: Se refiere a las 8 horas diarias y 40 horas semanales.
- Jornada partida: La jornada de 8 horas diarias y 40 semanales se divide en dos períodos. Un ejemplo es trabajar 4 horas por la mañana y 4 por la tarde.
- Jornada a tiempo parcial: En este caso, la duración es inferior a 8 horas diarias.
Es importante destacar que el contrato de trabajo debe reflejar el tiempo de trabajo acordado y garantizar los derechos de la trabajadora. Si no se formaliza por escrito (lo cual es obligatorio si el contrato dura más de cuatro semanas), se considerará que la relación laboral es indefinida y a jornada completa.
Días festivos: Las cuidadoras tienen derecho a 14 días festivos al año, los cuales son retribuidos y no recuperables. Si la cuidadora trabaja durante un día festivo, debe recibir una compensación económica adicional o un día de descanso extra.
Jornada Laboral de las Cuidadoras de Personas Mayores
Las cuidadoras de personas mayores internas deben tener un horario establecido, acordado con el empleador, y que no exceda las 40 horas semanales establecidas por la ley. Es importante que se fije el tiempo que la cuidadora permanecerá en el domicilio y la jornada de trabajo que deberá realizar.
Cuidadora Interna
Las cuidadoras internas residen en el hogar de la persona que cuidan y trabajan una jornada laboral de 40 horas semanales. Su jornada se divide en tiempo de trabajo efectivo y tiempo de presencia:
Tiempo de trabajo efectivo: Son las horas en las que la cuidadora realiza las tareas para las que fue contratada, como la atención directa al paciente, asistencia en la higiene personal, administración de medicación, etc.
Tiempo de presencia: Son las horas en las que la cuidadora está a disposición del empleador pero no está trabajando activamente. Estas horas no se contabilizan dentro de las 40 horas de trabajo efectivo.
Según la “Guía práctica de empleo en el hogar” del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,os tiempos de presencia deben pactarse y no pueden exceder las 20 horas semanales en promedio mensual. Además, deben ser retribuidos económicamente o compensados con descansos y deben estar claramente definidos en el contrato de trabajo.
Las cuidadoras internas tienen derecho a un descanso semanal de 36 horas consecutivas. Este descanso generalmente coincide con el fin de semana, aunque puede variar según el acuerdo con el empleador.
- Cuidadora Interna Fin de Semana
Las cuidadoras internas fin de semana son aquellas que trabajan exclusivamente durante los fines de semana, generalmente de viernes por la tarde a domingo o lunes por la mañana. Su jornada laboral sigue siendo de 8 horas diarias repartidas
Cuidadora Externa
Las cuidadoras externas no residen en el hogar de la persona a cuidar, pero se encargan del cuidado en su domicilio durante el día, generalmente a tiempo completo o parcial.
En los casos de jornada partida, el trabajo de las cuidadoras se divide en dos períodos: por ejemplo, trabajar 4 horas por la mañana y 4 horas por la tarde, completando las 8 horas diarias y 40 semanales.. A continuación, se describen los tipos de jornada laboral para este tipo de cuidadoras:
- Cuidadora Externa entre semana: Trabaja a tiempo completo o parcial de lunes a viernes, desplazándose diariamente al hogar de la persona a cuidar. Su jornada laboral está sujeta a un límite de 40 horas semanales y tiene derecho a un descanso semanal.
- Cuidadora por horas: Este tipo de cuidadora trabaja en períodos más cortos y específicos, cubriendo un número determinado de horas al día según las necesidades del empleador. Normalmente, estas cuidadoras son contratadas para tareas puntuales como asistencia en la higiene, preparación de alimentos, acompañamiento a citas médicas, entre otras.
- Cuidadora Nocturna: La cuidadora nocturna se encarga del cuidado durante la noche, vigilando el descanso de la persona mayor y atendiendo sus necesidades en las horas nocturnas. Esta jornada es independiente de las horas diurnas, por lo que la misma cuidadora no puede encargarse de ambos turnos.
Descanso entre jornadas: Si la cuidadora no reside en el domicilio, debe tener un mínimo de 12 horas de descanso entre una jornada y la siguiente. Las pausas para las comidas no se consideran tiempo de trabajo efectivo y deben ser respetadas.
¿Cuáles son los descansos de una cuidadora?
Aunque el horario de una cuidadora se acuerda con el empleador, la jornada no puede exceder las 40 horas semanales establecidas por la ley. Por lo general, las cuidadoras internas tienen derecho a un descanso semanal de 36 horas consecutivas, que idealmente deben coincidir con la tarde del sábado o la mañana del lunes y el día completo del domingo.
Una vez finalizadas sus horas de trabajo y de presencia, la empleada no tiene obligación de permanecer en el domicilio, lo que le permite disfrutar de su tiempo libre.
- Descansos obligatorios: Un derecho fundamental de las cuidadoras. Respetar los descansos es tan importante como cumplir con la jornada laboral. La legislación establece varios períodos de descanso obligatorios.
- Descanso entre jornadas: Si la cuidadora no duerme en el domicilio, debe tener un mínimo de 12 horas de descanso entre una jornada y la siguiente. Si es interna, este descanso se puede reducir a 10 horas, siempre que se recuperen las dos horas restantes más adelante.
- Pausas por comidas: Las empleadas internas tienen derecho a dos horas diarias para las comidas principales, y este tiempo no se considera trabajo efectivo.
- Horas de presencia: Este tipo de horas no se considera trabajo efectivo, pero sí requieren que la cuidadora permanezca en el domicilio del empleador, estando disponible en caso de necesidad. Es decir, no está trabajando activamente, pero debe estar preparada para atender cualquier urgencia o requerimiento que surja en ese tiempo.
Modificaciones de las jornadas laborales de las cuidadoras de personas mayores
En el caso de que sea necesario ajustar la jornada de trabajo, siempre se puede comunicar con la cuidadora y realizar los ajustes necesarios, siempre y cuando se respeten los procedimientos legales establecidos.
Si se requiere una ampliación o reducción de jornada, es importante seguir el procedimiento legal del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, que incluye:
- Preavisar por escrito a la cuidadora sobre las nuevas condiciones de trabajo y motivos del cambio.
- La cuidadora podrá aceptar dicha modificación o decidir extinguir su contrato, teniendo derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado en este último caso.
En resumen, es fundamental que los empleadores cumplan con las jornadas laborales y respeten los derechos de las cuidadoras de personas mayores para garantizar una buena relación laboral y mejorar la satisfacción de los trabajadores.
Además, es recomendable contar con un equipo de profesionales que pueda brindar asesoramiento y hacer las gestiones necesarias para garantizar una contratación responsable y legal.
Horas Extras, Vacaciones y Permisos: Lo que Debes Saber
Las horas extraordinarias son aquellas que exceden la jornada laboral acordada entre la cuidadora y el empleador. En España, el límite máximo anual de horas extras es de 80 horas para una jornada completa. Para los contratos a tiempo parcial, esta cantidad se reduce proporcionalmente. Es importante tener en cuenta los siguientes aspectos sobre las horas extras:
- Las horas extras deben ser remuneradas al menos al mismo precio que la hora ordinaria. Alternativamente, pueden ser compensadas con periodos de descanso equivalentes, siempre dentro de los cuatro meses siguientes a su realización.
Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones - Las horas extras no son obligatorias, salvo en casos de fuerza mayor, como una situación inesperada o urgente que requiera atención inmediata.
El empleador debe asegurarse de que las horas extras no se conviertan en una práctica habitual, ya que esto podría generar desgaste en la cuidadora y afectar la calidad del servicio.
Además, es recomendable contar con un equipo de profesionales que pueda brindar asesoramiento y hacer las gestiones necesarias para garantizar una contratación responsable y legal.
Vacaciones y Días Festivos para las Cuidadoras
Las vacaciones y los días festivos son derechos laborales fundamentales para cualquier cuidadora, que deben ser respetados para garantizar su bienestar y evitar el agotamiento. Aquí te explicamos las principales normativas:
- Vacaciones: Las cuidadoras tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones anuales. Estos días pueden dividirse en varios períodos durante el año, pero al menos 15 días deben ser consecutivos. El empleador tiene la obligación de conceder estos días sin que esto afecte al desarrollo de las tareas diarias de cuidado.
- Días Festivos: Las cuidadoras tienen derecho a 14 días festivos retribuidos al año. Estos días no son recuperables y deben ser remunerados. En caso de que la cuidadora trabaje durante un festivo, tiene derecho a una compensación adicional o a un día de descanso extra.
Respetar estas normativas no solo es una obligación legal, sino también una forma de garantizar que la cuidadora esté en óptimas condiciones físicas y emocionales para realizar su labor con la mejor calidad.
Incumplimiento y modificaciones del contrato: Consecuencias y procedimientos legales
¿Qué sucede si se trabaja más de las horas cotizadas?
Es ilegal y sancionable cotizar por menos horas de las que se trabajan (por ejemplo, cotizar 20 horas y trabajar 40). La Seguridad Social puede reclamar las diferencias de cotización con un recargo del 20%, además de imponer posibles sanciones administrativas y económicas al empleador.
¿Cómo modificar el contrato de una cuidadora?
Cualquier ajuste en la jornada de trabajo debe comunicarse por escrito con un preaviso, especificando las nuevas condiciones y los motivos del cambio. La cuidadora tiene derecho a aceptar la modificación o a extinguir su contrato, en cuyo caso recibiría una indemnización de 20 días de salario por año trabajado.
¿La manutención de la empleada interna se considera salario?
La manutención (alojamiento y comida) van incluidos en el caso de las empleadas del hogar internas, ya que residen en el domicilio. Además se les debe proporcionar su propio dormitorio con armario.
¿Es obligatorio que la cuidadora se quede en el domicilio para cenar y dormir?
No. La empleada no está obligada a permanecer en el domicilio una vez que ha finalizado tanto su jornada de trabajo como las horas de presencia acordadas.
Esperamos que este artículo te haya ayudado a resolver tus dudas. ¿Necesitas más información o ayuda para gestionar el contrato de tu cuidadora? En Cuidum, contamos con un equipo de profesionales para brindarte el asesoramiento que necesitas y garantizar una contratación responsable y legal.
43 comentarios
Yo estoy cuidando una persona de Alzheimer no tengo descanso y aparte estoy la 24 horas al día me gustaría trabajar 8hora como corresponde pero yo que trabajo interna te saca en cara habitación comida soy profesional auxiliar de enfermería y auxiliar de geriatría y gerontología ayuda a domicilio
¡Hola Marina! En cuanto a tu duda sobre ¿Cuál es la jornada laboral de las cuidadoras de personas mayores? Te comentamos lo siguiente: Tus empleadores deben respetar tu contrato, independientemente que seas de interna o externa, tienes una cantidad máxima de horas por día o semanales por trabajar, que en este caso serían 40 horas semanales. A una cuidadora interna le corresponden por ley 2 horas diarias para comer, para cenar y aparte 36 horas consecutivas a la semana para su descanso. Entonces, independientemente de que seas interna o profesional de la salud, como cuidadora se te deben respetar tus horas de trabajo (en este caso son 8h) y tus horas de descanso. Te recomendamos hablar con tu empleador y comentarle la situación, ya que basándonos en la ley no esta cumpliendo tus derechos. Un saludo!
Buenas, cómo están .
Me gustaría saber , me contrataron como cuidadora y también del servicio doméstico interna de lunes a sabado, osea dos en uno, y solo me pagan el de servicio doméstico , y me dicen que cómo el papá se vale por si solo y la mamá sufre de Alzheimer y no hay que lidiar la en cama , que el trabajo no es mucho , y que me necesitan interna por si pasa algo , este alguien para avisar. Y debo estar pendiente de ellos desde las 7 am hasta las 7pm o 8 pm que se duerman.
Buenas Mónica, es común tu duda en cuanto a ¿Cuál es la jornada laboral de las cuidadoras de personas mayores? El contrato como empleada de hogar incluye las tareas domésticas como de cuidado, ya que como empleada de hogar puedes encargarte de ambas labores. Igualmente, tienes que tener en cuenta que tu jornada máxima deberá ser de 40 horas semanales de trabajo efectivo. En el caso de que la superes, deberás de revisar tu contrato con el empleado. Un saludo!
Buenas tardes me contrataron para cuidar una paciente con demencia senil y además cuido a su esposo que tiene una fractura de cadera .
Estoy cama adentro
El pago es mensual
Me pagan $130.000 x cuidar a los dos
Cómo vivo ahí ,tengo casa y comida por eso es ese sueldo .
Mi pregunta es doble sueldo o ese está bien.
Hola fui contratada para el cuidado de un adulto mayor. En esto incluye higiene y confort. Pero al pasar el tiempo me han sobrecargado con la limpieza del hogar.cocinar.hacerme cargo de cronograma y de todo lo que se refiere a las otras cuidadoras.de la medicacion.de llevar al adulto a las consultas médicas. De la parte de enfermería
E incluso hay veces que me dejan los niños también sin consultarme. Sábados y domingos también y se pagan igual.quiero saber que es correcto y que no? Me pagan $ 550 la hora. 11 horas diarias que yo he repartido para que las cuidadoras no estén tanto tiempo.ya que cuidar un individuo con problemas mentales genera un gran estrés. Gracias espero respuestas
¡Buenas Laura! En cuanto a tu pregunta, el servicio de empleados de hogar incluye la posibilidad de realizar tareas de cuidado a los residentes en el mismo así como las tareas de limpieza y aseo particular. Igualmente, normalmente en los contratos se debe especificar cuales son las tareas específicas para las que te han contratado. Te recomiendo que hables con tu empleadora para, dejar pautadas y especificadas cuales son las tareas que debes de realizar. Por otro lado, ten en cuenta que debes trabajar un máximo de 40 horas semanales, y descansar 36 horas consecutivas a la semana. Si no se te están respetando tus condiciones laborales, te recomendamos siempre hablar con tu empleador para regularizar la situación cuando antes. Ya que suelen haber dudas sobre cuál es la jornada laboral de las cuidadoras de personas mayores. Un saludo!
Que pasa cuando trabaja de lunes a lunes sin franco..en mi caso gano 142milpor mes..estoy de lunes a lunes con la abuela trabajo de las 8 de la mañana asta las 22 de la noche..mis francos son el primer finde del mes y el tercero.. pero no me los tomo por q no hay jente q me cubra..los trabajo y los otros 2 finde los trabajo también..como se pagaría el tema de los finde de semana por q a mi me pasan 33 horas mensuales..pero yo ago más de horas q esa..como es el tema…yo a la abuela le ago todo mandados..pagos de impuestos..desayuno almuerzo merienda y cena..limpio…ase 3 años q estoy trabajando y me eh tomado 8 francos..y me tome este año 14 días de vacaciones es.nada más el resto todo trabaĵado
Hola buenas tardes quisiera saber cuánto pagan por trabajar 12 horas y a la noche cuál sería el sueldo de 8 de la noche a 8 de la mañana cuidados de 2 abuelos de lunes a viernes desde ya muchas gracias Att. Katy
¡Hola Katy! Si estás trabajando 40 horas efectivas en ese periodo, el salario mínimo será de 1260€ brutos mensuales en 12 pagas. Si trabajas 60 horas semanales, deberemos añadirle 20 horas adicionales a 7,88€ brutos la hora. Espero que esta respuesta resuelva tu duda sobre la jornada laboral de las cuidadoras de personas mayores. Un abrazo!
Cuanto se puede cobrar por 8 horas nocturnas de 23 horas asta 7 horas de lunes a lunes solo para dormir 😴 en la casa de la señora
Buenas Gladys! En relación a la jornada laboral de cuidadoras de personas mayores y respondiendo a tu pregunta: en primer lugar informarte que, no puedes trabajar los 7 días a la semana de forma consecutiva. Deberás descansar 36 horas semanales.
Por otro lado, el salario para 40 horas semanales, es de 1260€ brutos con las pagas extras prorrateadas. Un saludo!
Buenas tardes, soy cuidadora de adulto mayor con Alzheimer, escaras ,discapacitada ,trabajó las 24 horas y mi recibo solo figura 8 horas diarias . Se puede modificar las horas trabajadas y la remuneración de las horas me tienen que abonar aparte ? Gracias
Buenas Norma! En cuanto a la pregunta de ¿Cuál es la jornada laboral de cuidadoras de personas mayores? Te comentamos, la jornada máxima en España es de 40 horas semanales. En el caso de superes dicha jornada, porque realizas más horas, tu empleador tiene la posibilidad de incrementarse estas horas en 20 adicionales semanales, con su correspondiente remuneración. Un abrazo!
Buenas dias:
He recibido la paga de CM de la ley de dependencia, yo cuido mi madre y le dieron el grado II y quiero saber este ayuda para mi o para mi madre? y otra cosa puedo trabajar fuera de casa una jornada completa 7 horas y media que me llamaron para trabaja porque yo cobro muy poco RMI casi 300€ yo vivo en madrid con mi madre desde hace 8 años. ella ha cobrado en el mes 268€ ley de la dependencia y cobra PNC 484,63€.
Gracias. Espero que me contestan.
Un saludo.
Buenas Zina. Con respecto al tema de las ayudas, te recomendamos que plantees tus consultas en el organismo que te ha concedido la ayuda y puedas confirmar si las mismas son compatibles con ejercer otro trabajo. Un saludo!
Buenas , me están ofreciendo 600€ mensuales por cuidar un abuelo con Alzahimer , hacer sus comidas y sacarlo a dar un paseo desde las 12:00 pm hastas las 9:30pm , quisiera saber si está bien o no y gracias de antemano
Hola Mariana, el cuidado de una persona con Alzheimer es una responsabilidad importante y puede requerir mucho tiempo y esfuerzo. La oferta de 600€ mensuales por cuidar a tu abuelo durante esas horas puede variar según diferentes factores: El coste de vida y las responsabilidades específicas del cuidado. Tienes que tener cuidado con las horas y las responsabilidades por que cuidar a alguien con Alzheimer puede ser emocionalmente agotador y requerir una atención constante. Asegúrate de comprender completamente las tareas y responsabilidades que se esperan de ti durante ese tiempo.
Buenas tardes quería hacer una consulta me llamaron para cuidar una Sra mayor el sábado entro a las 8:00 am y salgo el domingo 19:00 pm de la tarde cobrarle $U 5000 está mal por haría 6 turnos 1 día y medio trabajo cuidando la Sra gracias
Hola Ana, entiendo que estás buscando orientación sobre la tarifa que te han propuesto para cuidar a una señora mayor durante un turno de un día y medio. La compensación por servicios de cuidado puede variar según diferentes factores, como la ubicación, la experiencia del cuidador y las necesidades específicas del paciente.
Recuerda que el cuidado de personas mayores es una labor real y difícil, y es importante que recibas una compensación adecuada por tu tiempo y esfuerzo.
Asegúrate de comunicarte abiertamente con la parte que te ha ofrecido el trabajo para llegar a un acuerdo mutuamente satisfactorio.
Hola, trabajo de cuidadora de persona mayor, y tengo una nomina de 4 hora y20 semanal ,solo descanso domingos y no me párese justo. Nesecito qué me asesore por favor.
Hola Ana, no entendemos muy bien cual es tu consulta, si puedes explicarnos mejor tu situación para poder asesorarte.
Buenas noches estoy pensando contratar por sueldo con jornada partida a empleada de hogar Inter a fines de semana entrando el viernes y saliendo el domingo por la noche
Cuánto le corresponde de sueldo al mes y cuánto pagaría de seguridad social?
Para hacer mis cuentas
No sé si lo haré porque aún no me es necesario pero estoy viendo….
Creo que no me expresé bien
Por una parte sería jornada partida de lunes a viernes 3 h por la mañana y 3 horas por la tarde cuánto me saldría
Y por otra parte interna todos los fines de semana desde viernes noche a domingo noche
Buenos días, gracias por tu interés en nuestros servicios. Para poder darte un presupuesto exacto, necesitaría conocer algunos detalles adicionales, como la ubicación y el número de horas de trabajo por semana. Además, me gustaría recordarte que en Cuidum trabajamos con un sistema que nos permite valorar a las candidatas y ofrecerles las mejores ofertas, por lo que el salario puede variar en función de la experiencia, formación y disponibilidad de la cuidadora. Te sugiero que nos dejes tu nombre, teléfono y horario de contacto para que podamos comunicarnos contigo y proporcionarte un presupuesto personalizado sin compromiso. Puedes enviar el correo a hola@cuidum.com ¡Gracias por tu tiempo y por confiar en Cuidum!
Quiero asesoramiento para cuidado de persona mayor
¡Hola! Gracias por contactarnos. Estaremos encantados de proporcionarte asesoramiento para el cuidado de una persona mayor. Nuestro equipo especializado en CUIDUM ofrece un servicio personalizado para garantizar el mejor cuidado posible. Por favor, contáctanos en hola@cuidum.com con tus detalles y requisitos específicos. Así podremos entender mejor tus necesidades y brindarte la información y el apoyo adecuados. ¡Esperamos poder ayudarte!
Cómo se divide en las empleadas del hogar cuidadoras de una persona mayor en las 24 horas del día horas de trabajo y descanso, pueden trabajar todo el día y gran parte de la noche y sin el descanso de dos horas ?
Hola María Las cuidadoras de personas mayores internas deben tener un horario establecido, acordado con el empleador, y que no exceda las 40 horas semanales establecidas por la ley.
El tiempo presencial se considera el tiempo que la cuidadora está a disposición del empleador, y debe ser retribuido económicamente o con descansos, aunque en ese momento no esté prestando servicios
Esperamos haberte ayudado
Hola, trabajo como cuidador externo a domicilio en horario de las 9:00am a las 21:00, de miércoles a domingo y los martes desde las 13:00 hasta las 21:00 de la noche. Me pagan 1178.00 € al mes. Quiero saber si es correcto.
Buenas Oliday Amador,
Para el año 2024, el SMI para un empleado que presta servicios 40 horas a la semana es de 1323€ brutos anuales (1238,72€ netos al mes) en 12 pagas. Recibe un saludo
En Italia estoy en Verona en un pueblo Montorio estoy trabajando cama adentro me han hecho contrato por 40 horas hace 4 meses imedio y me hacen trabajar para una señora de 93 años cumple en diciembre Domingo Lunes martes miércoles vierness jueves libre del medio día a ocho de la noche y sábado de 8 de la mañana a ocho de la noche me pagan 1300 con dos horas libres osea 10 horas en total en los mil trescientos está incluido 100 de la trigésima pero me hacen trabajar las 24 horas no duermo nada y el jueves yal medio día y el sábado yo lo trabajo aparte me dan 130 por ese día imedio prácticamente cuando le he reclamado que no me deja dormir la Sra los hijos me han contestado entonces la vamos a llevar a una casa de recupero y yo como necesito el trabajo me quedo callada porqué no tengo casa a nadie a donde ir ellos están robando mis contributiva porque me han hecho firmar el contrato en la asociación primero y después me llegó que el contrato era por 40 horas no por 54 horas que puedo hacer gracias estuve en España en el mes de enero no pude conseguir trabajo pir horas yo tengo toda la documentación italiana soy hija de italiano con Peruana
me rechazaron cuando hice unas llamadas para trabajar con adulto tanto hombre o mujer yo trabajo igual invalidos o con cualquier enfermedad son 40 años que hago este trabajo donde esta la comunida eropea
Hola,
Lamento mucho tu situación. Te sugiero que busques asesoramiento legal para entender tus derechos laborales en Italia. También podrías contactar con un sindicato o la inspección de trabajo para denunciar las condiciones laborales. Existen organizaciones que asisten a trabajadores inmigrantes y podrían ofrecerte apoyo y asesoría.
Un saludo
Hola yo estoy trabajando cama dentro y quería saber que horario y que días tendría franco
Yo salgo los viernes a la 19:00 y entro domingo a las 19:00
Y quería saber si esta bien o como seria y cuanto me tendrían que pagar
Hola, gracias por tu consulta. Para poder darte una respuesta precisa sobre tu situación laboral, necesitamos un poco más de información. Es importante saber en qué país o región estás trabajando, ya que las leyes laborales varían según el lugar y esto afecta directamente los horarios de trabajo. También sería útil conocer si tienes un contrato de trabajo formal y qué tipo de contrato es, ya que esto nos ayudaría a entender mejor las condiciones que te corresponden legalmente. Además, conocer cuántas horas efectivas trabajas cada día nos permitirá evaluar si tu jornada laboral y tus días de descanso están dentro de lo que establece la ley. Con esta información podríamos darte una orientación más detallada y precisa sobre tus derecho. Espero tu respuesta con estos datos adicionales para poder ayudarte mejor.
Saludos.
Buenas tardes, trabajo con categoría de cuidador en un centro de discapacitados, y trabajo 3 días a la semana en jornada de 8 de mañana a 9,30 de la noche con una hora para comer y 20 minutos para desayuno y 20 minutos para merienda, mi pregunta es saber cuantas horas tengo que trabajar por mes o a la semana
Gracias
Buenas tardes.
Según la normativa, la jornada completa es de 40 horas semanales de trabajo efectivo. En su caso, al trabajar 3 días a la semana con descansos incluidos, su jornada parece estar dentro de los límites legales. Para confirmar detalles específicos, revise su contrato y el convenio aplicable.
Si necesita más información o asesoramiento personalizado, puede contar con los servicios de Gestoría en Casa para una gestión laboral completa.
¡Un saludo!
Hola buena tengo una duda travajo de interna pero travajo desde el domingo en la noche hasta el sábado en la mañana y tengo en el contrato 8 horas diarias entonse por qué me corresponde dormil con la señora si el contrato solo es de 8 horas diarias
Buenas,
Si trabajas 8 horas diarias no debes dormir con tu empleadora ya que ese tiempo no es de trabajo efectivo si no de descanso para ti. Recibe un saludo
Buenas tardes , yo cuido a una adulta de 91 años que sufrio un infarto cerebral la cuido le doy terapias de lenguaje, terapias de motricidas fina, ejercicios jereatrico, le cocino le llevo a sus citas medicas y surto sus recetas y medicamentos le ayudo con sus baños y su vestido, limpio su cocina y su habitación lavo sus trates y hago su lavanderia
Estoy de lunes a viernes 24 hrs y a veces fines de semana
Yo soy profesional en otras areas administrativas y también tengo certificación paramedica
Y me pagan $11,000.00 pesos mexicanos al mes
No me pagan dias festivos y sus familiares se molestan cuando quiero pedir vacaciones
Me cobran servicios de agua luz y gas pues estoy 24 horas aqui.
¿Es correcto el sueldo que me pagan?
¿Es correcto que me cobren servicios?
Saludos
Lamentablemente, no podemos resolver tu duda ya que trabajamos con euros y no tenemos conocimiento específico sobre la normativa laboral en México. Te recomendamos que solicites asesoría legal o profesional en tu país, para que te orienten correctamente según la legislación local en relación a tu salario, condiciones laborales y otros aspectos importantes. ¡Gracias por tu consulta y esperamos que encuentres la mejor solución!
Buenos días, cual sería el salario bruto para una cuidadora que trabaja 4 horas diarias efectivas (de 17:00 a 21:00) y duerme en el domicilio de la persona asistida hasta que llega otra cuidadora al domicilio?
Muchas gracias por la información
Para poder responderte correctamente, necesitaríamos contar con más información. Es importante que nos indiques las horas exactas de trabajo y los días de la semana en los que presta sus servicios. Además, sería útil saber si, después de finalizar su jornada laboral a las 21:00, realiza alguna tarea adicional mientras llega la siguiente cuidadora. También necesitaríamos conocer el tipo de contrato que tiene actualmente tu cuidadora. Con estos detalles podremos ofrecerte una respuesta más precisa