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Ayudas de dependencia 2023: Por tener una persona mayor a cargo

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    Cuidar de un familiar mayor es un trabajo que requiere mucho tiempo y dedicación. No todos estamos preparados para ello, ni disponemos del tiempo o los recursos económicos necesarios para llevarlo a cabo. Las ayudas por tener una persona mayor a cargo del cuidado o para la contratación de un servicio de asistencia domiciliaria, funcionan como un apoyo para familiares y cuidadores no profesionales que necesitan respaldo económico y asistencial en circunstancias complicadas.

    Requisitos de la Ley de dependencia

    Cuando hablamos de ayudas nos referimos también a los servicios de ayuda a domicilio para personas mayores y no solo a las ayudas económicas para cuidadores no profesionales por tener a una persona mayor a cargo.

    Hay que tener en cuenta que son supuestos diferentes y que, en consecuencia, también lo son las condiciones de solicitud y de acceso a estas prestaciones. Por otro lado, la Ley de Dependencia de 2006 establece que estas prestaciones económicas son incompatibles entre sí, salvo las referidas a servicios de teleasistencia, prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal.

    Como condición común en todas las ayudas por tener a una persona mayor a cargo está la exigencia de reconocer el nivel de dependencia del beneficiario. No ocurre así con las ayudas para mayores no dependientes, cuyas únicas condiciones de acceso son la edad y el nivel de ingresos.

    Grados de dependencia

    Antes de empezar a tramitar cualquiera de las ayudas económicas para personas mayores o dependientes es necesario solicitar el reconocimiento del grado de dependencia. De ello se encargan los Servicios Sociales de la Administración Pública del lugar de residencia.

    El artículo 26 de la Ley de Dependencia establece tres grados diferentes:

    • Grado I: Dependencia moderada, donde la autonomía personal se ve limitada y se necesita asistencia puntual en algunas actividades diarias.
    • Grado II: Dependencia severa, donde no se necesita asistencia constante, pero sí en varios momentos a lo largo del día.
    • Grado III: Gran dependencia, donde se requiere asistencia constante para llevar a cabo las actividades básicas.

    La solicitud de reconocimiento de dependencia es el primer trámite a realizar, y consigo poder contratar cuidadores de personas dependientes u obtener ayudas económicas para su cuidado. 

    cuidado personas mayores ictus

    ¿Cómo solicitar ayudas por tener una persona mayor a cargo?

    La tramitación del nivel de dependencia y la solicitud de ayudas son dos cuestiones diferentes. Aunque los requisitos de la Ley de Dependencia son de aplicación estatal, la valoración de dependencia compete a las comunidades autónomas. No obstante, las ayudas a personas mayores solas, las ayudas para personas mayores de 80 años y otras ayudas económicas para mayores pueden ser tanto autonómicas como estatales.

    En ambos casos se contempla además la posibilidad de conseguir ayudas para contratar cuidadores de personas dependientes. De este modo, es posible solicitar ayuda a la dependencia tanto en el hogar como en centros destinados a la ayuda para el cuidado de personas mayores.

    Ayudas económicas para mayores a nivel estatal

    Dentro de las ayudas para personas mayores extensibles a todo el estado español destacan tres grupos:

    1. Pensiones no contributivas de jubilación: es una pensión mínima para personas de 65 años que no han cotizado o que tienen muy pocos ingresos. Incluyen complementos en caso de carecer de una vivienda en propiedad o cuando se tienen hijos a cargo. Son condiciones bastante similares a las de las pensiones con viudedad, solo que restringidas a mayores de 65 años. El grado de dependencia no es una condición de acceso.
    2. Subvenciones a beneficiarios de centros para personas para dependientes: las ayudas se dividen entre los centros de referencia estatal, los que son titularidad del Imserso y los destinados a la promoción de la autonomía personal. Son ayudas para garantizar un nivel mínimo de protección, con la financiación de servicios en régimen interno o ambulatorio, que incluyen asistencia de salud, manutención, alojamiento y rehabilitación. Dependiendo del tipo de centro, será necesaria una edad mínima: bien a partir de 16 años en situación de dependencia, bien ser adulto mayor.
    3. Servicios y prestaciones económicas por dependencia: el nivel mínimo de protección es financiado íntegramente por el Estado conforme al grado de dependencia del solicitante. El segundo y tercer nivel de protección adicional se financia a través de las comunidades autónomas. Es imprescindible acreditar el nivel de dependencia y no se contempla una edad límite.

    Ayudas económicas para mayores a nivel autonómico

    La lista de ayudas a nivel autonómico es tan extensa como los diferentes tipos de prestaciones para mayores que se contemplan. Hay que tener en cuenta algunas generalidades:

    1. No se puede acceder a ninguna de las ayudas por tener a una persona mayor a cargo sin que se haya validado su grado de dependencia.
    2. Los importes varían en función de la comunidad autónoma y el grado de dependencia. La media nacional de la cuantía de las ayudas es:  
      • Entre 180 y 455 euros mensuales para cuidadores no profesionales.
      • Entre 313 y 747 euros mensuales para el pago de residencias.
      • Entre 450 y 570 euros mensuales para el servicio de ayuda a domicilio.
    3. Las ayudas para el cuidado de personas mayores solo se pueden solicitar en el municipio de residencia del beneficiario, para lo que habrá que justificar el empadronamiento y un mínimo de meses de residencia en dicho municipio.
    4. Cuando el beneficiario opte por las ayudas para el cuidado de personas mayores, deberá identificarse al cuidador o cuidadora escogido y establecerse un compromiso de permanencia y de formación de la persona propuesta, en el caso de los cuidadores no profesionales

    Tener a cargo a una persona mayor o dependiente no solo implica tiempo. También es necesario reorganizar la economía familiar para cubrir los gastos que se derivan de esta situación. Este tipo de ayudas económicas te facilitan el cuidado de tus seres queridos mayores y el acceso a servicios de calidad como los que te ofrecemos en Cuidum.

    Cambios recientes en las ayudas a la dependencia

    El Gobierno ha aprobado reformas en el Real Decreto 1051/2013, impulsadas por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Estas reformas aumentan las ayudas a la dependencia y amplían las horas de ayuda a domicilio, entre otras mejoras. 

    Desde enero de 2021, el número total de personas que han recibido atención a través del Sistema de Atención a la Dependencia ha aumentado en 256,065 personas, lo que representa un incremento del 23,6%, llegando a un total de 1,34 millones de beneficiarios

    También el Sistema de Atención a la Dependencia se ha reducido en 129 días, lo que equivale a una disminución del 28,2%. Ahora, este proceso lleva un promedio de 328 días, lo que está por debajo del año.

    Tipos de prestaciones económicas para el cuidado de personas dependientes

    Prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar: hasta 455 €/mes

    Esta ayuda económica se otorga de manera especial cuando el beneficiario, persona mayor y/o dependiente, está siendo cuidado por:

    • Individuos que brindan cuidados con vínculos familiares incluyen al cónyuge o a alguien con una relación equiparable al matrimonio, hijos, padres, así como padres adoptivos y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado. Como también, personas cercanas a alguien en situación de dependencia pueden desempeñar funciones de cuidador si así lo avala el informe social adecuado.
    • En situaciones debidamente justificadas en el informe social correspondiente, la persona dependiente podría recibir atención de dos cuidadores con vínculos familiares, con una asignación del 50% de responsabilidad para cada uno.
    • Por otro lado, las personas que desempeñan funciones de cuidado bajo una relación laboral son aquellas que son consideradas aptas de acuerdo con la evaluación en el informe social pertinente. Para que esto sea efectivo, debe formalizarse un contrato de trabajo conforme a la legislación vigente en ese momento.

    En concreto, las prestaciones económicas destinadas a cuidados en el entorno familiar experimentarán un aumento del 17,65%, lo que beneficiará a un aproximado de 540.000 personas. Las mismas no están vinculadas a la contratación de ningún servicio en específico, siendo accesibles para todos aquellos que se encarguen del cuidado de un familiar dependiente, bien sea a través de un cuidador familiar o profesional. Quedando de la siguiente manera:

    Grado I: La cuantía máxima mensual aumentará de 153 a 180 euros.

    Grado II: De 268,79 a 315,9 euros.

    Grado III: De 387,64 a 455,4 euros.

    Con esta ayuda, las familias tendrán la facilidad de poder cubrir los costes asociados a la contratación de un cuidador a través de una empresa o agencia de colocación, todo esto con el respaldo de las ayudas económicas. Desde Cuidum, podemos ofrecer asesoramiento para encontrar la cuidadora ideal según las necesidades de su ser querido mayor o dependiente. 

    Ayudas vinculadas al servicio: hasta 747 €/mes

    El pago de la prestación estará determinado por el grado de dependencia de cada persona y su capacidad económica. Existen tres niveles para clasificar el grado de dependencia: grado III, grado II y grado I. En el grado III se encuentran las personas que requieren mayor asistencia, mientras que en el grado I están las que necesitan menos apoyo.

    Es importante destacar que esta no es la única ayuda económica disponible, ya que el Sistema de Atención a la Dependencia (SAAD) también incluye asistencia para cuidados en el entorno familiar, apoyo a cuidadores no profesionales y asistencia personal.

    Este tipo de ayudas están destinadas a personas que cuenten con una evaluación de dependencia en cualquiera de sus niveles, respaldada por una recomendación en su Plan Individual de Atención (PIA), y que firmen contrato laboral con una compañía reconocida por la Conselleria. La persona en situación de dependencia deberá demostrar que, como mínimo, está recibiendo la cantidad de horas especificada en su PIA.

    Grado I: La cuantía máxima pasará de 300 a 313,50 euros mensuales en general siendo 313,50 euros para la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial (SAR) y 445,30 euros para la prestación vinculada al centro de día (SCD).

    Grado II: La cuantía aumentará de 426,12 a 445,30 euros, con 747,25 euros para SAR y 445,30 euros para SCD. 

    Grado III: La cuantía aumentará de 715,07 a 747,25 euros. 

    Ayudas para asistencia personal: hasta 747 €/mes 

    Esta ayuda está destinada para quienes debido a su condición de dependencia, requieren la asistencia de otra persona para llevar a cabo su plan de vida autónoma. Esto les permite participar en actividades personales, laborales, de formación, culturales, deportivas y sociales en igualdad de condiciones. Quedando la ayuda económica de la siguiente manera:

    Grado I: La cuantía máxima mensual aumentará de 300 a 313,50 euros.

    Grado II: De 426,12 a 747,25 euros.

    Grado III: De 715,07 a 747,25 euros. 

    Establecimiento de cuantías mínimas 

    La reforma también introducirá cuantías mínimas que no estaban contempladas en la normativa anterior. Actualmente, más de 60.000 personas con prestación económica reciben menos de 100 euros al mes, y cerca de la mitad de ellas recibe menos de 50 euros mensuales. Por ello, se propondrán las siguientes cuantías mínimas: 100 euros para grado I, 150 euros para grado II y 200 euros para grado III.

    Ampliación de las horas de ayuda a domicilio 

    Se ampliará la intensidad horaria de la ayuda a domicilio. Según el Ministerio, en muchos casos las intensidades actuales no ofrecen una respuesta suficiente a las personas en situación de dependencia.

    Sin embargo, es importante señalar que esta medida solo tendrá efecto en los nuevos casos que se integren en el sistema después de que entre en vigor el nuevo decreto. En consecuencia, no se aplicará a aquellos que ya están recibiendo este servicio, ya que se trata de una expansión gradual. 

    Esta medida se aplicará de manera progresiva en los casos que entren en el sistema con Programa Individual de Atención del Servicio de Ayuda a Domicilio (PIA de SAD) a partir de la entrada en vigor del nuevo RD. Para los casos con una resolución anterior, se plantea mantener la intensidad prevista salvo que la persona con dependencia pida la revisión del caso y «siempre con su conformidad expresa de manera que en ningún caso se obligue a disponer de más horas si la persona no lo desea».

    Grado I: Se aumentará la cantidad máxima de horas de 20 a entre 20 y 37 horas.

    Grado II: Se aumentará de entre 21 y 45 horas a entre 38 y 64 horas.

    Grado III: La ampliación será de entre 65 y 94 horas, en comparación con el rango anterior de entre 46 y 70 horas. 

    Algunos artículos de interés:

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    4 comentarios

      1. Hola Rafa, e maravilloso que estés buscando formas de ayudar a las personas mayores que se encuentran en casa. Para obtener más información sobre las ayudas disponibles, te sugiero revisar el siguiente enlace: https://bit.ly/3rUQJQQ

        Este recurso proporciona información valiosa sobre ayudas económicas y otros tipos de apoyo que pueden ser de gran utilidad para aquellos que cuidan a personas mayores en sus hogares.

        ¡No dudes en aprovecharlo para obtener una ayuda adicional!

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