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Ayudas de dependencia 2024: Por tener una persona mayor a cargo

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    Cuidar de un familiar mayor es un trabajo que requiere mucho tiempo y dedicación. No todos estamos preparados para ello, ni disponemos del tiempo o los recursos económicos necesarios para llevarlo a cabo. Las ayudas por tener una persona mayor a cargo del cuidado o para la contratación de un servicio de asistencia domiciliaria, funcionan como un apoyo para familiares y cuidadores no profesionales que necesitan respaldo económico y asistencial en circunstancias complicadas.

    Requisitos de la Ley de dependencia

    Cuando hablamos de ayudas nos referimos también a los servicios de ayuda a domicilio para personas mayores y no solo a las ayudas económicas para cuidadores no profesionales por tener a una persona mayor a cargo.

    Hay que tener en cuenta que son supuestos diferentes y que, en consecuencia, también lo son las condiciones de solicitud y de acceso a estas prestaciones. Por otro lado, la Ley de Dependencia de 2006 establece que estas prestaciones económicas son incompatibles entre sí, salvo las referidas a servicios de teleasistencia, prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal.

    Como condición común en todas las ayudas por tener a una persona mayor a cargo está la exigencia de reconocer el nivel de dependencia del beneficiario. No ocurre así con las ayudas para mayores no dependientes, cuyas únicas condiciones de acceso son la edad y el nivel de ingresos.

    Grados de dependencia

    Antes de empezar a tramitar cualquiera de las ayudas económicas para personas mayores o dependientes es necesario solicitar el reconocimiento del grado de dependencia. De ello se encargan los Servicios Sociales de la Administración Pública del lugar de residencia.

    El artículo 26 de la Ley de Dependencia establece tres grados diferentes:

    • Grado I: Dependencia moderada, donde la autonomía personal se ve limitada y se necesita asistencia puntual en algunas actividades diarias.
    • Grado II: Dependencia severa, donde no se necesita asistencia constante, pero sí en varios momentos a lo largo del día.
    • Grado III: Gran dependencia, donde se requiere asistencia constante para llevar a cabo las actividades básicas.

    La solicitud de reconocimiento de dependencia es el primer trámite a realizar, y consigo poder contratar cuidadores de personas dependientes u obtener ayudas económicas para su cuidado. 

    cuidado personas mayores ictus

    ¿Cómo solicitar ayudas por tener una persona mayor a cargo?

    La tramitación del nivel de dependencia y la solicitud de ayudas son dos cuestiones diferentes. Aunque los requisitos de la Ley de Dependencia son de aplicación estatal, la valoración de dependencia compete a las comunidades autónomas. No obstante, las ayudas a personas mayores solas, las ayudas para personas mayores de 80 años y otras ayudas económicas para mayores pueden ser tanto autonómicas como estatales.

    En ambos casos se contempla además la posibilidad de conseguir ayudas para contratar cuidadores de personas dependientes. De este modo, es posible solicitar ayuda a la dependencia tanto en el hogar como en centros destinados a la ayuda para el cuidado de personas mayores.

    Ayudas económicas para mayores a nivel estatal

    Dentro de las ayudas para personas mayores extensibles a todo el estado español destacan tres grupos:

    1. Pensiones no contributivas de jubilación: es una pensión mínima para personas de 65 años que no han cotizado o que tienen muy pocos ingresos. Incluyen complementos en caso de carecer de una vivienda en propiedad o cuando se tienen hijos a cargo. Son condiciones bastante similares a las de las pensiones con viudedad, solo que restringidas a mayores de 65 años. El grado de dependencia no es una condición de acceso.
    2. Subvenciones a beneficiarios de centros para personas para dependientes: las ayudas se dividen entre los centros de referencia estatal, los que son titularidad del Imserso y los destinados a la promoción de la autonomía personal. Son ayudas para garantizar un nivel mínimo de protección, con la financiación de servicios en régimen interno o ambulatorio, que incluyen asistencia de salud, manutención, alojamiento y rehabilitación. Dependiendo del tipo de centro, será necesaria una edad mínima: bien a partir de 16 años en situación de dependencia, bien ser adulto mayor.
    3. Servicios y prestaciones económicas por dependencia: el nivel mínimo de protección es financiado íntegramente por el Estado conforme al grado de dependencia del solicitante. El segundo y tercer nivel de protección adicional se financia a través de las comunidades autónomas. Es imprescindible acreditar el nivel de dependencia y no se contempla una edad límite.

    Ayudas económicas para mayores a nivel autonómico

    La lista de ayudas a nivel autonómico es tan extensa como los diferentes tipos de prestaciones para mayores que se contemplan. Hay que tener en cuenta algunas generalidades:

    1. No se puede acceder a ninguna de las ayudas por tener a una persona mayor a cargo sin que se haya validado su grado de dependencia.
    2. Los importes varían en función de la comunidad autónoma y el grado de dependencia. La media nacional de la cuantía de las ayudas es:  
      • Entre 180 y 455 euros mensuales para cuidadores no profesionales.
      • Entre 313 y 747 euros mensuales para el pago de residencias.
      • Entre 450 y 570 euros mensuales para el servicio de ayuda a domicilio.
    3. Las ayudas para el cuidado de personas mayores solo se pueden solicitar en el municipio de residencia del beneficiario, para lo que habrá que justificar el empadronamiento y un mínimo de meses de residencia en dicho municipio.
    4. Cuando el beneficiario opte por las ayudas para el cuidado de personas mayores, deberá identificarse al cuidador o cuidadora escogido y establecerse un compromiso de permanencia y de formación de la persona propuesta, en el caso de los cuidadores no profesionales

    Tener a cargo a una persona mayor o dependiente no solo implica tiempo. También es necesario reorganizar la economía familiar para cubrir los gastos que se derivan de esta situación. Este tipo de ayudas económicas te facilitan el cuidado de tus seres queridos mayores y el acceso a servicios de calidad como los que te ofrecemos en Cuidum.

    Cambios recientes en las ayudas a la dependencia

    El Gobierno ha aprobado reformas en el Real Decreto 1051/2013, impulsadas por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Estas reformas aumentan las ayudas a la dependencia y amplían las horas de ayuda a domicilio, entre otras mejoras. 

    Desde enero de 2021, el número total de personas que han recibido atención a través del Sistema de Atención a la Dependencia ha aumentado en 256,065 personas, lo que representa un incremento del 23,6%, llegando a un total de 1,34 millones de beneficiarios

    También el Sistema de Atención a la Dependencia se ha reducido en 129 días, lo que equivale a una disminución del 28,2%. Ahora, este proceso lleva un promedio de 328 días, lo que está por debajo del año.

    Tipos de prestaciones económicas para el cuidado de personas dependientes

    Prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar: hasta 455 €/mes

    Esta ayuda económica se otorga de manera especial cuando el beneficiario, persona mayor y/o dependiente, está siendo cuidado por:

    • Individuos que brindan cuidados con vínculos familiares incluyen al cónyuge o a alguien con una relación equiparable al matrimonio, hijos, padres, así como padres adoptivos y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado. Como también, personas cercanas a alguien en situación de dependencia pueden desempeñar funciones de cuidador si así lo avala el informe social adecuado.
    • En situaciones debidamente justificadas en el informe social correspondiente, la persona dependiente podría recibir atención de dos cuidadores con vínculos familiares, con una asignación del 50% de responsabilidad para cada uno.
    • Por otro lado, las personas que desempeñan funciones de cuidado bajo una relación laboral son aquellas que son consideradas aptas de acuerdo con la evaluación en el informe social pertinente. Para que esto sea efectivo, debe formalizarse un contrato de trabajo conforme a la legislación vigente en ese momento.

    En concreto, las prestaciones económicas destinadas a cuidados en el entorno familiar experimentarán un aumento del 17,65%, lo que beneficiará a un aproximado de 540.000 personas. Las mismas no están vinculadas a la contratación de ningún servicio en específico, siendo accesibles para todos aquellos que se encarguen del cuidado de un familiar dependiente, bien sea a través de un cuidador familiar o profesional. Quedando de la siguiente manera:

    Grado I: La cuantía máxima mensual aumentará de 153 a 180 euros.

    Grado II: De 268,79 a 315,9 euros.

    Grado III: De 387,64 a 455,4 euros.

    Con esta ayuda, las familias tendrán la facilidad de poder cubrir los costes asociados a la contratación de un cuidador a través de una empresa o agencia de colocación, todo esto con el respaldo de las ayudas económicas. Desde Cuidum, podemos ofrecer asesoramiento para encontrar la cuidadora ideal según las necesidades de su ser querido mayor o dependiente. 

    Ayudas vinculadas al servicio: hasta 747 €/mes

    El pago de la prestación estará determinado por el grado de dependencia de cada persona y su capacidad económica. Existen tres niveles para clasificar el grado de dependencia: grado III, grado II y grado I. En el grado III se encuentran las personas que requieren mayor asistencia, mientras que en el grado I están las que necesitan menos apoyo.

    Es importante destacar que esta no es la única ayuda económica disponible, ya que el Sistema de Atención a la Dependencia (SAAD) también incluye asistencia para cuidados en el entorno familiar, apoyo a cuidadores no profesionales y asistencia personal.

    Este tipo de ayudas están destinadas a personas que cuenten con una evaluación de dependencia en cualquiera de sus niveles, respaldada por una recomendación en su Plan Individual de Atención (PIA), y que firmen contrato laboral con una compañía reconocida por la Conselleria. La persona en situación de dependencia deberá demostrar que, como mínimo, está recibiendo la cantidad de horas especificada en su PIA.

    Grado I: La cuantía máxima pasará de 300 a 313,50 euros mensuales en general siendo 313,50 euros para la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial (SAR) y 445,30 euros para la prestación vinculada al centro de día (SCD).

    Grado II: La cuantía aumentará de 426,12 a 445,30 euros, con 747,25 euros para SAR y 445,30 euros para SCD. 

    Grado III: La cuantía aumentará de 715,07 a 747,25 euros. 

    Ayudas para asistencia personal: hasta 747 €/mes 

    Esta ayuda está destinada para quienes debido a su condición de dependencia, requieren la asistencia de otra persona para llevar a cabo su plan de vida autónoma. Esto les permite participar en actividades personales, laborales, de formación, culturales, deportivas y sociales en igualdad de condiciones. Quedando la ayuda económica de la siguiente manera:

    Grado I: La cuantía máxima mensual aumentará de 300 a 313,50 euros.

    Grado II: De 426,12 a 747,25 euros.

    Grado III: De 715,07 a 747,25 euros. 

    Establecimiento de cuantías mínimas 

    La reforma también introducirá cuantías mínimas que no estaban contempladas en la normativa anterior. Actualmente, más de 60.000 personas con prestación económica reciben menos de 100 euros al mes, y cerca de la mitad de ellas recibe menos de 50 euros mensuales. Por ello, se propondrán las siguientes cuantías mínimas: 100 euros para grado I, 200 euros para grado II y 300 euros para grado III.

    Ampliación de las horas de ayuda a domicilio 

    Se ampliará la intensidad horaria de la ayuda a domicilio. Según el Ministerio, en muchos casos las intensidades actuales no ofrecen una respuesta suficiente a las personas en situación de dependencia.

    Sin embargo, es importante señalar que esta medida solo tendrá efecto en los nuevos casos que se integren en el sistema después de que entre en vigor el nuevo decreto. En consecuencia, no se aplicará a aquellos que ya están recibiendo este servicio, ya que se trata de una expansión gradual. 

    Esta medida se aplicará de manera progresiva en los casos que entren en el sistema con Programa Individual de Atención del Servicio de Ayuda a Domicilio (PIA de SAD) a partir de la entrada en vigor del nuevo RD. Para los casos con una resolución anterior, se plantea mantener la intensidad prevista salvo que la persona con dependencia pida la revisión del caso y «siempre con su conformidad expresa de manera que en ningún caso se obligue a disponer de más horas si la persona no lo desea».

    Grado I: Se aumentará la cantidad máxima de horas de 20 a entre 20 y 37 horas.

    Grado II: Se aumentará de entre 21 y 45 horas a entre 38 y 64 horas.

    Grado III: La ampliación será de entre 65 y 94 horas, en comparación con el rango anterior de entre 46 y 70 horas. 

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    46 comentarios

      1. Hola Rafa, e maravilloso que estés buscando formas de ayudar a las personas mayores que se encuentran en casa. Para obtener más información sobre las ayudas disponibles, te sugiero revisar el siguiente enlace: https://bit.ly/3rUQJQQ

        Este recurso proporciona información valiosa sobre ayudas económicas y otros tipos de apoyo que pueden ser de gran utilidad para aquellos que cuidan a personas mayores en sus hogares.

        ¡No dudes en aprovecharlo para obtener una ayuda adicional!

      1. Hola Irene, aún no hay una fecha establecida para poder tramitar este pago único de 200 euros destinado a las familias andaluzas en situación de vulnerabilidad.

        1. Buenos días,
          Actualmente mi madre tiene el grado 3 con 56h de ayuda a domicilio además tenemos contratado unas 24 horas de más al mes.Quisiera saber si tiene derecho a más ayuda que esas 56h para cubrir esas horas que pagamos por privado ya que necesitamos contratar más horas para que esté atendida también a medio día entre semana. Gracias

          1. Hola Myriam, si estás considerando la necesidad de atención adicional durante el mediodía entre semana mi recomendación sería revisar los términos del programa de asistencia que está proporcionando las 56 horas para ver si hay margen para aumentar esa cantidad esto puede implicar una reevaluación de las necesidades actuales de tu madre y una posible actualización de su plan de cuidados si el programa no permite un aumento de horas podrías explorar otras opciones como programas de asistencia adicionales o subvenciones que podrían estar disponibles en tu comunidad también considera hablar con una asesoría especializada en cuidado de ancianos o asistencia domiciliaria como Cuidum que pueda ofrecerte orientación más detallada y específica para tu situación.

    1. Buenas noches tengo 60 años cuido ami madre de 90 años no tengo ayuda de nadie ni de mis hermanos,tengo artritis y aveses me pongo mala pero mi madresita necesita ayuda si me colavoran les agradezco

      1. Hola Ruth, lamento escuchar que estás enfrentando desafíos al cuidar sola de tu madre de 90 años, especialmente mientras lidias con artritis. En CUIDUM, entendemos lo importante que es recibir apoyo en estas situaciones. Nos gustaría ofrecerte nuestra ayuda y asesoramiento para encontrar la mejor solución de cuidado para tu madre, teniendo en cuenta también tu salud y bienestar.

        Por favor, contáctanos en hola@cuidum.com para hablar más sobre cómo podemos asistirte. Podemos explorar opciones que incluyan apoyo domiciliario profesional, lo que te permitirá tener momentos de descanso y cuidado personal, algo esencial para tu salud.

      2. Buenas tardes aa mi madre tiene coñcedído el grado 3 y yo no puedo irme aa trabajar fuera pues tengo que cuidarla 24 h al día pues esta en sí la de ruedas llevo esperando 1 año y medió para recibir cualquier ayuda y yo no cobro absolutamente nada tengo ďe techo a algún tipo de ayuda gracias

        1. Buenas tardes, te recomendamos que llames a la Seguridad Social para que sean ellos quienes puedan ayudarte a resolver tu duda. Gracias.

    2. Hola buenas tardes, vivo en Venezuela y mi padre es español yo tengo mis papeles en regla y tengo pesado mudarme a España este próximo año mi padre tiene 93 años y yo soy sola con el soy única hija, me gustaría saber que beneficios tiene mi padre por ser español ya que no tengo quien me lo cuide mientras yo trabajo

      1. Hola María. Entiendo que te estás preparando para mudarte a España y te preocupa el cuidado de tu padre de 93 años. Siendo español, tu padre tiene derecho a varios beneficios sociales y de atención a la tercera edad. En España, los ciudadanos mayores pueden acceder a servicios de atención sanitaria, programas de asistencia domiciliaria y, en algunos casos, beneficios económicos, dependiendo de sus circunstancias personales.

    3. Mi madre de 91 año cobra 783€ de viuda la tenemos desde hace 1año un men mi hermano y otro yo ella tiene todos los meses de gastos de regar huertos casi 300€ al mes y le cojemos 350 de manutención todos los meses ,mi hermano quiere cojerle 500 yo me opongo si fuera por el se lo sacaría todo.mi pregunta es cuánto tendríamos que sacarle todos los meses hace 6 meses eran 250 pero mi hermano quería más y se subió a350 y ahora dice que 500

      1. Hola Ana Pilar lamentamos tu situación, para saber cuanto tiene que cobrar tu madre de pensión de viudedad, nosotros te recomendamos que vayas a la oficina de Servicios Sociales más cerca de tu localidad y allí te darán la respuesta a este caso tan específico.

        Un Saludo

    4. Hola mi madre cuenta con 77 años que hará ahora el 28 de enero, es venezolano con residencia acá en España por razones humanitarias. Ha sido operada de un C.A tiroide a la espera de un tto de yodo radiactivo. Elle tendrá la posibilidad de recibir algún tipo de ayuda ? Gracias

      1. Hola Luz, para saber más información acerca de las ayudas a la dependencia te recomendamos que vayas a la oficina más cercana de Servicios Sociales de tu localidad, pidas cita y allí te especificarán si podría optar alguna ayuda a la dependencia.
        Un saludo

    5. hola estoy casado con una mujer con esclerosis multiple y con el tiempo empeoro mucho, estoy de cuidador no profesional, pero tengo ingresos cero, no puedo trabajar por que es dependiente al 100%. ¿Los cuidadores no tenemos derecho a cobrar aunque sea unos 200 euros?

      1. Hola carlos, para saber más información acerca de las ayudas a la dependencia con cónyuge a cargo, te recomendamos que acudas a la oficina de Servicios Sociales más cercana a tu localidad y pidas cita para que valoren tu caso más específico.
        Esperamos haberte ayudado

    6. Buenas, quisiera saber que ayuda económica pudieran recibir mis padres de 73 y 77 años, ambos son ciudadanos españoles por la ley de la memoria histórica y viven en España sin ninguna entrada, solamente con el soporte de sus hijas cuando es importante para ellos tener algún dinero propio para hacer sus gastos, además de tener un grado de dependencia entre I y II. Gracias

      1. Hola Yeny para saber las ayudas de dependencia para tus padres teniendo un grado de dependencia entre I y II, te aconsejamos que acudas a la oficina más cercana de Servicios Sociales de tu localidad para hacer la solicitud de las ayudas. Esperamos haberte ayudado

    7. Donde puedo dirigirme ,tengo 76 años y la hija que me tiene acogida no me trata bien en todos sentidos respecto alimentación que tengo que suministrarme yo espero me ayuden

      1. Hola María Rita!
        Si te encuentras en una situación de vulnerabilidad, es importante contactar con servicios sociales de tu localidad o con organizaciones dedicadas al apoyo de adultos mayores. Estas instituciones pueden ofrecer asistencia y recursos adecuados para tu situación.
        Un saludo

    8. Buenas noches, mi marido tiene un grado de dependencia grado 1, tenemos 1 hijo de 15 años y una hija de 2. Yo trabajo a media jornada. Tenemos derecho a una prestación? Gracias

      1. Hola María
        Para información sobre prestaciones por dependencia, te recomiendo contactar directamente con la Seguridad Social o el organismo correspondiente en tu país. Ellos pueden ofrecerte información detallada sobre los derechos y prestaciones disponibles para tu situación familiar.
        Un saludo

    9. Ayudas de dependencia 2024
      Establecimiento de cuantías mínimas
      La reforma también introducirá cuantías mínimas que no estaban contempladas en la normativa anterior. Actualmente, más de 60.000 personas con prestación económica reciben menos de 100 euros al mes, y cerca de la mitad de ellas recibe menos de 50 euros mensuales. Por ello, se propondrán las siguientes cuantías mínimas: 100 euros para grado I, 200 euros para grado II y 300 euros para grado III.

      Buenos dias, yo con grado III, recibo 140,71€, que hago?

      1. Buenos días Pele.
        Si actualmente recibes una prestación por dependencia de grado III o más recomendable es que te pongas en contacto con los servicios sociales de tu localidad o directamente con el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o el organismo correspondiente en tu comunidad autónoma.

        Es importante que solicites información sobre cómo la reforma te afectará y qué pasos debes seguir para que tu prestación se ajuste a las nuevas cuantías mínimas establecidas. Puede ser necesario actualizar tus datos o presentar alguna solicitud adicional para ajustar la prestación a la nueva normativa.

        Recuerda tener toda tu documentación al día y, si es posible, solicita asesoramiento o apoyo a una asociación de personas con dependencia o a un asesor legal especializado en derechos sociales, para que te orienten en el proceso.
        Eseramos haberte ayudado

    10. Hola yo estoy cuidando de mi m adre descapacitada quería saber si puedo pedir alguna subencion por cuidar de ella yo trabajo pero media jornada

      1. ¡Hola! Sí, puedes solicitar subvenciones para cuidar de tu madre discapacitada. Existen ayudas económicas como la prestación por cuidados en el entorno familiar y ayudas autonómicas o locales. Te recomiendo contactar con los servicios sociales de tu comunidad para obtener información específica y personalizada. ¡Ánimo!

    11. Hola soy cuidadora no profesional de mi madre con grado 2, me gustaría saber con cuántas horas de trabajo sería compatible. Gracias

      1. Hola, como cuidadora no profesional, generalmente puedes trabajar mientras cuidas a tu madre, pero hay límites que pueden variar según la región y las ayudas que recibas. Te recomendaría consultar con los servicios sociales o un asesor especializado para conocer las horas de trabajo permitidas y cómo podrían afectar a las ayudas o prestaciones que recibes. Espero que esta información te sea útil

    12. Buenas. Soy cuidador de mi madre desde el año 2012 a tiempo completo, es grado 1, estoy mirando ya para que la valoren para grado 2 ya que tiene deterioro cognitivo y apenas se le puede dejar sola. Por ello cobra 151€, la pregunta es, existe algún tipo de ayuda más que pueda pedir ya que estoy sin trabajar para poder cuidarla y alguna vez ya se me hace muy cuesta arriba por mucho que intente que no sea así.

      1. Hola, entiendo lo desafiante que puede ser esta situación. Te recomendamos que contactes con los servicios sociales de tu comunidad para evaluar todas las posibles ayudas disponibles, tanto económicas como de apoyo. Espero que encuentres el soporte que necesitas.

    13. Hola mis padres son franceses y llevan tres años viviendo aquí en España pedí la ley de dependencia porque mi padre está en silla de ruedas y tiene movilidad muy reducida me la rechazaron porqué no lleva cinco años viviendo aquí no puedo tener ningún otro tipo de derecho ?

      1. Hola, lamentamos la situación que estás enfrentando. Te recomendamos consultar con los Servicios Sociales de tu localidad, ya que pueden orientarte sobre otras ayudas o recursos disponibles. ¡Ánimo!

    14. Buenas quería que me informarais si tengo derecho alguna ayuda? , vivo con mi padre de 93 años de momento se arregla solo , aunque no para todo como puede ser hacer la compra , cocinar ,la limpieza diaria del hogar etc y por su puesto hacerle compañía y tiene una pensión de 600 euros

      1. Hola,

        En situaciones como la tuya, te recomendaría que te pongas en contacto con los servicios sociales de tu localidad. Ellos podrán orientarte sobre las ayudas disponibles para personas que cuidan de familiares mayores, así como sobre los recursos o prestaciones que podrían aplicar en vuestro caso, especialmente dado el nivel de dependencia que mencionas.

        Es importante que un profesional evalúe vuestra situación para ofrecerte la información más precisa y adecuada.

        Un saludo y mucho ánimo.

    15. Hola cuido a mi abuela que tiene una dependecia total necesita ayudapara realizar cualquier cosa que quiera hacer yo ko puedo ir a trabajar que tendría que hacer para poder cobrar alguna ayuda para poder hacer frente q los gastos que tebemos con ella en el dia a dia y saber si podria cotizar por cuidarla entendi leyendo el qrticulo que si.

      1. ¡Hola! Lamento mucho la situación que estás atravesando, y entiendo lo importante que es obtener el apoyo necesario para cuidar de tu abuela.

        En cuanto a las ayudas económicas y la posibilidad de cotizar por cuidar a una persona dependiente, lo ideal sería que te pongas en contacto con los Servicios Sociales de tu comunidad autónoma. Ellos podrán orientarte sobre las prestaciones que puedas solicitar.

        ¡Mucha suerte!

      1. Gracias por tu mensaje. Lamento mucho la situación que estás atravesando con tu abuelita. Cuidar a una persona con demencia puede ser un reto, pero existen recursos y ayudas disponibles que podrían facilitarte el proceso. Te recomendaría que te pongas en contacto con los servicios sociales de tu comunidad o el IMSERSO, ya que pueden orientarte sobre las ayudas y apoyos a los que podrías acceder para el cuidado de tu abuela. ¡Mucho ánimo y fuerza!

    16. Hola cuido de mi madre casi 4años y son 24 horas no anda y secuelas hombros rotos etc..no puedo trabajar necesita de mi que necesito para poder pedir para comer tengo hija 23años hace su vida que hago servicios ó seguridad social tengo una minusvalía del 52 x 100 muchas gracias

      1. Gracias por tu mensaje y por compartir tu situación. Cuidar a un familiar durante tanto tiempo es una gran responsabilidad, y entiendo que te enfrentas a una situación difícil.

        Por lo que comentas, podrías beneficiarte de varias ayudas y recursos disponibles para personas en situaciones similares. En primer lugar, como cuidadora de una persona dependiente, es importante que estés al tanto de las prestaciones de Dependencia, que se gestionan a través de los Servicios Sociales de tu comunidad autónoma. Estos servicios pueden orientarte sobre las ayudas económicas disponibles para el cuidado de personas dependientes y el acceso a recursos que te permitan obtener apoyo.

        Dado que mencionas que tienes una minusvalía del 52%, podrías tener derecho a prestaciones por discapacidad. La Seguridad Social ofrece ayudas a personas con discapacidad, por lo que sería útil que te informes sobre prestaciones como la Incapacidad Permanente o el Ingreso Mínimo Vital si tu situación económica es precaria.

        Te recomendamos que contactes con un asistente social, ya que ellos pueden ofrecerte información detallada sobre las ayudas a las que puedes acceder por tu situación de cuidadora y por tu propia discapacidad. A través de Cuidum, también puedes recibir orientación sobre la contratación de cuidadores si en algún momento necesitas ayuda adicional para el cuidado de tu madre.

        Si necesitas más información, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para apoyarte.

      1. Gracias por tu mensaje. Siento mucho la pérdida de tu familiar y entiendo que es un momento difícil.

        En cuanto a tu pregunta, la prestación o paga que recibes como cuidador familiar de una persona dependiente de grado III cesa una vez que la persona fallece, ya que está directamente vinculada a la situación de dependencia de tu ser querido. Sin embargo, te recomendaría que te acerques a Servicios Sociales para asegurarte de que se han gestionado correctamente todas las prestaciones y revisar si pudieras tener derecho a algún otro tipo de ayuda o apoyo.

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