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Límites en las tareas de un cuidador o una cuidadora de ancianos

cuidadora de ancianos
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    Recurrir a los servicios de cuidado de personas mayores se ha convertido en una de las alternativas más necesarias para quienes no pueden hacerse cargo del cuidado de sus familiares con toda la dedicación que desearían pero tampoco están dispuestos a privarlos de la comodidad, seguridad y la libertad que representa continuar viviendo en su propio domicilio.

    ¿Qué es una cuidadora de ancianos? Definamos el concepto

    Una cuidadora de ancianos es quien se hace cargo de necesidades específicas de las personas mayores y/o dependientes, y sus funciones exigen capacidades para las que una persona sin experiencia no está preparada. Para quienes tengan contratada a una cuidadora de ancianos es importante aclarar y definir los términos del contrato desde el comienzo, así como la lista de tareas a realizar en el domicilio para evitar eventuales problemas en la relación laboral y personal.

    En el ámbito domiciliario, la figura de la cuidadora de ancianos presenta algunas particularidades. Rasgos propios de esta profesión que nos sirven para marcar las diferencias entre los trabajos que realiza una empleada del hogar y los que son propios de una cuidadora de personas dependientes.

    A pesar de tratarse de un concepto en ocasiones un tanto difuso, es importante entender que una cuidadora es una persona encargada del cuidado de un miembro de la familia que ya sea por su edad o condición sufran una situación de dependenciacontratadas para ayudar a las personas con algún grado de dependencia a realizar sus actividades de la vida diaria y a mejorar su calidad de vida. Por ello, mas allá de las funciones relacionadas con la persona mayor y/o dependiente a la que asisten, las cuidadoras son responsables de generarles un ambiente agradable y seguro en su hogar.

    La figura de los cuidadores de ancianos desde una perspectiva personal

    En base a nuestra experiencia, somos conscientes que no podemos abordar la asistencia a personas mayores y/o dependientes como un trabajo mecánico, rutinario o impersonal. Las circunstancias de este tipo de empleos exigen tanto de técnica pero sobre todo de empatía, por lo que las personas que se dedican al cuidado de ancianos no solo deben contar con la experiencia o los conocimientos necesarios para el desarrollo de sus funciones sino también deben de contar con una sensibilidad especial en el trato ante situaciones como estas.

    Si bien se deben establecer unos límites entre lo personal y lo estrictamente profesional, lo cierto es que la situación ideal es aquella en la que se desarrolla una conexión particular entre la cuidadora y la persona que está a su cargo. Por supuesto, no se trata de una circunstancia espontánea o casual, sino del fruto de un trabajo bien hecho, de la dedicación y de la vocación de ayudar a los demás y de hacer su día a día mucho más ameno y confortable. Sin duda, un vínculo que no se construye de manera superficial, y que hay que saber manejar con destreza para que las emociones no comprometan el desarrollo de un trabajo profesional.

    La cuidadora debe entender que hay un tiempo para dejarse cuidar y otro para cuidarse, respetando los límites de la intimidad de paciente y familiares, la autonomía de este para realizar algunas tareas con total independencia y la necesidad de encontrar su espacio en unas rutinas esenciales para conservar un alto nivel de calidad de vida.

    Obligaciones y necesidades: Los límites del cuidado

    En Cuidum defendemos que una cuidadora de ancianos es una persona con total vocación y entrega quien se encarga del cuidado de personas mayores y/o dependientes. Una cualificación que debe gozar del reconocimiento de las familias y de la sociedad en general. No obstante, en el desarrollo de su actividad en el cuidado domiciliario es habitual que surjan ciertos conflictos al no estar bien delimitadas las funciones propias de su profesión o al no haber aclarado suficientemente los términos de la relación laboral con la familia.

    Aclarado este punto, conviene recordar cuáles son los límites del cuidado de una persona dependiente por parte de una cuidadora o cuidador de ancianos. En este sentido, entre las obligaciones no se contempla:

    • La domesticidad o el empleo en el hogar. Si bien la utilidad es lo que da sentido a la identidad laboral de las cuidadoras de ancianos, esta no debe entenderse fuera del contexto de la asistencia a otra persona.
    • La gestión de los asuntos personales del paciente o de sus familiares.
    • Atender a otros miembros de la familia, como si también estos estuvieran a su cargo.
    • Tomar decisiones importantes en nombre de la persona a su cargo.

    En ausencia de un marco legal que establezca de manera más clara los límites del trabajo del cuidador, habrá que apelar al código moral basado en la honradez, la confianza mutua y la humanidad. Al fin y al cabo, la finalidad de esta relación es la de garantizar el bienestar de un familiar dependiente sin que ello implique la degradación laboral del cuidador.

    ¿Qué tareas pueden pedir las familias a una cuidadora de ancianos?

    Contar con el apoyo de una cuidadora de ancianos en casa contribuye a redistribuir las tareas rutinarias de tal manera que todos los miembros del hogar salgan beneficiados con el cambio, especialmente la persona a la que se le prestan directamente estos servicios. Esto implica desde mantener la habitación limpia y arreglada, hacer las camas y cambiar las sábanas, hasta preparar la comida de la persona a su cuidado.

    También se les puede solicitar a las cuidadoras a realizar actividades fuera del hogar, como salir a pasear de forma segura junto al familiar dependiente. Las compras también pueden estar bajo la responsabilidad de las cuidadoras, compras de elementos necesarios para la persona a la que cuidan y para la preparación de una dieta adecuada a sus necesidades.

    Podemos concluir con que una cuidadora de ancianos es responsable del mayor y por ello sus funciones son todas las relacionadas con el cuidado de este y de su entorno.

    • Supervisar a la persona a su cargo en todo momento.
    • Fomentar la actividad y las relaciones sociales con otras personas de su entorno.
    • Mantener unas rutinas de higiene adecuadas.
    • Garantizar una dieta variada y saludable de acuerdo a las necesidades de cada persona.
    • Realizar tareas básicas de orden y limpieza en el hogar para mantener un entorno limpio y acogedor para la persona mayor.
    • Garantizar la movilidad de las personas con necesidades especiales para que siempre se sientan cómodas.
    • Ofrecer compañía para evitar los problemas derivados de la soledad en la vejez.

    Por el contrario las cuidadoras no son responsables del cuidado del resto de la familia, de forma que la limpieza del hogar o la compra del supermercado para toda la familia no entra dentro de las cosas que podemos solicitar al cuidador o cuidadora.

    Por el bien de un mejor cuidado para nuestros familiares dependientes es importante cultivar una relación de respeto mutuo entre la cuidadora y la familia. Cuanto más fluida y cordial sea el trato entre ambas partes y más transparencia exista en lo que a obligaciones, derechos y responsabilidades se refiere, más posibilidades habrá de que esta experiencia sea todo un éxito tanto para el paciente y su entorno como para el cuidador.

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    313 comentarios

    1. Estoy de acuerdo en todo lo expuesto.
      Y reitero, que así es!
      Sin embargo, cuando la familia contrata a una cuidadora profesional, para el cuidado de una persona mayor que vive sola, independientemente del grado de dependencia, en la gran mayoría de los casos es muy dificil definir las tareas a realizar ; porque esta persona vive sola y no es capaz de hacer ciertas tareas por sus limitaciones, y entonces es ahí cuando la cuidadora muchas veces no sabe o no quiere que esas tareas que en realidad no forman parte de su trabajo, la que decide si lo hace o no
      Yo personalmente, no puedo ver ciertas cosas desatendidas en el domicilio de la persona mayor y sin dudarlo las hago, mejor o peor, pero las hago si el tiempo me lo permite, porque esta claro que primero es cuidar a la persona y atenderla en todas las necesidades que tenga como tal.
      Así que pienso que (esto supongo que irá en la forma de ser de cada profesional en el sector) es muy difícil determinar los límites en nuestro trabajo
      Un saludo a todos

        1. Hola Rosa, si estás de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar y causas baja no voluntaria te corresponden 2 días de indemnización que tendrás que multiplicar por tu salario día bruto. Un saludo.

          1. Hola perdón no sé si puedo preguntar al pero no sé dónde soy Fabiana y doy cuidadora d una abuelita.yo trabajo sin retiró y a hora la abuelita está internada y yo en mí cada como sería mí paga

            1. Buenas Fabiana! No comprendemos muy bien tu pregunta. Pero la paga darte una respuesta sobre la paga que te pertenece necesitamos saber la cantidad de horas que trabajas a la semana para indicarte la paga que te pertenece. Quedamos a la espera. Un saludo!

      1. Hola,si la verdad, estoy al cuidado de una persona mayor y ella vive sola,salgo cada quince días y sí,pues estamos solas así que hago mantenimiento básico a toda la casa,lavo la ropa,saco la basura etc pero si esas cosas van a depender de la situación que se viva pues.

    2. Estoy de acuerdo en todo pero en mi caso es,,, cuidar a la persona enferma y a toda su familia. Lavar la ropa. Cocinar para todos. Limpiar la casa y para colmo ir al campo a trabajar es decir me han contratado NO cómo cuidador sino como mayordomo pero el precio es de cuidador creo q me están tomando el pelo y voy a dejar el trabajo. Gracias

      1. Hola, si trabajas a través de CUIDUM, una psicóloga mediadora trata con las familias para que empalicen con la labor de los cuidadores y vean la importancia de cuidar al cuidador, en la medida que redunda en un beneficio para el ser querido que está recibiendo los cuidados. Te animo a que accedas a este enlace y te registres en nuestra plataforma de cuidadores :

        https://www.cuidum.com/registro

        Un saludo.

        1. Holasoy Carolina y yo estoy trabajando en un geriátrico y cuido 12 Abuelos y me pagan once mil pesos pesos y ala ves de noche tengo que a ser torta gelatina y limpiar toda la cocina eso incluye el trabajo de una cuidadora de noche son 8 horas cada turno gracias

        2. Juanjo me he registrado en cuidum pensé que era una empresa de ayuda a domicilio pero no es así es una empresa de colocación de servicio doméstico pero te entrevistan y buscan sociosanitario para realizar esa labor dándote de alta como servicio domesto donde la hora no llega a 4euros un saludo

          1. Hola Mar, así es, en Cuidum somos una empresa de colocación de cuidadores/as profesionales, estamos especializados en personas mayores y dependientes. El contrato que se realiza es un contrato de empleado de hogar que es el contempla actualmente la ley. Ojalá esto cambie en un futuro. El salario nunca está por debajo de lo que marca la ley, que corresponde al Salario Mínimo Interprofesional. Son las familias quienes contratan y por lo tanto marcan ellos el salario, como te digo nunca por debajo de lo que dicta la ley, desde Cuidum, siempre aconsejamos que el salario sea acorde a las responsabilidades que conlleva cuidar a un ser querido. Quedamos a tu disposición Mar, saludos

      2. Hola!!!para saber si me toca aguinaldo en diciembre ya que tengo tres meses laborando como cuidadora y aveces me difaman y aveces dicen q ya supieron dónde está el dinero. Quiero q me puedan orientar ya que yo busco mi trabajo sola .

        gracias…

        1. Hola, actualmente trabajan con nosotros miles de cuidadores/as y no podemos ofrecer asesoría personalizada a personas que no trabajan con nosotros. Lamento no poder ayudarte más. Muchas gracias por tu comprensión y saludos.

      3. Es vergonzoso que se permitan el abuso de compañeras y que ellas no pongan limites a sus tareas,somos CUIDADORAS de estar más controlado por buenos coordinadores las funciones que se realizan …..NO somos LIMPIADORAS,no sé para qué se dice termino de dependencia,cuando en muchos casos abusan y tanto empresas como usuarios….no son tontos y muchos se benefician de servicios que harían falta a gente que si lo necesita.

        1. Buenas Loli, es cierto que en muchos casos no se ponen límites en las tareas de una cuidadora de ancianos. Entendemos lo que dices. En Cuidum siempre luchamos por reivindicar los derechos de las cuidadoras, por la precariedad laboral y por dar una mayor visibilidad a este trabajo tan importante y esencial. Esperamos que paso a paso la situación pueda mejorar. Un saludo!

          1. Hola… consulta.. yo trabajo cuidando a una abuelita en su casa !! Ahora es internada.. porque la operarón , es obligatorio ir a cuidarla en el centro de salud y que de paso no te den ni el almuerzo ni cena? Uno se lo tiene que llevar? Esta bien eso? Gracias…

            1. Hola Victoria, por lo general, los hospitales y centros de salud tienen personal médico y de enfermería capacitado para brindar atención a los pacientes después de una cirugía. Sin embargo, algunas familias eligen proporcionar cuidado adicional a sus seres queridos durante su estancia en el hospital.

      4. Hola,puedes enfermarte la verdad,ya el solo hecho de cuidar a una persona es una tarea demandante tanto físicamente como mentalmente, así que ojo, cuídate,en la casa donde cuido hay un hijo de la señora y he tenido discusiones con el,pues le dejo en claro que yo no estoy allí para atenderlo a él así que ni un vaso de agua,no es mi tarea punto.

    3. Hola. Yo soy contratada como empleada de hogar. Aparte de hacer mi tarea tengo que cuidar de dos ancianos enfermos. Para mismo salario. Ahora estoy en baja médica por dañarme la espalda en mi puesto de trabajo y ahora my jefa quiere que me doy de baja voluntaria. Esto es normal? Tengo contrato indefinido.

      1. La realidad es que tienes derecho a cobrar la prestación de la seguridad social mientras estés de baja y no tienes por qué dejar el trabajo si no es lo que deseas.

      2. Hola monica no te des de baja si estas incapacitada no t des de baja por que tu pierdes tus derechos. Mientras estes incapacitada ningun patron te puede despedir. Ve al ministerio del trabajo e indaga bien tu situacion. Pero por nada del mundo renuncies

    4. Hola buenas tardes yo soy cuidadora de una persona mayor y a mi me esta tratando mal la persona a la que cuido esta señora se cree que yo soy su criada y por preocuparme por ella intento agredirme y para colmo no me tiene ningún respeto

      1. Hola María, no puedo saber si es el caso pero a menudo las personas mayores,a causa de su deterioro cognitivo, sufren cambios en el carácter, se muestran hostiles o desconfiadas, y es muy común que lo paguen con su cuidadora. Por supuesto no es aceptable que te falten al respeto, pero intenta acercarte a ella entendiendo que quizás ese comportamiento sea parte de su enfermedad (que no sabemos si la tiene), y trata de ser comprensiva y tener mucha paciencia con ella. No te lo tomes como algo personal, porque es probable que no lo sea. Hablar con la familia e intentar que comprendan la situación y te apoyen también es importante. Ojalá te funcione y mejore tu situación en esa casa. Un saludo.

        1. A mí me pasa lo mismo y mi usuaria tiene sus funciones cognitivas muy bien, intento entenderla pero no es motivo para ese trato ya que es diario y me está desmotivando mucho tanto que me afecta en mi vida fuera del trabajo y ya no sé que postura tomar, no funciona ser más cariñosa ni ser más «dura»

    5. Cuido una adult amayor de 96 años, la baño, la visto, le doy de comer, la limpio igienicamente en su totalidad le labo la ropa, la acuesto. La saco a paciar al rededor d la casa ya q a ella no la sacan a la calle por ordenes de las hijas. En realidad le hago todo todo en su totalidad. Pero a mi me oagan como una empleada domestica ya q no tengo un titulo q me diga q soy cuidadora de adulto mayor. Mi interrogante es la siguiente es necesario un certificado q me acredite como cuidadora de adultos mayor para q me pagu por mi trabajo que si realizo. Gracias

      1. Entiendo por lo que dices que estás contratada legalmente como empleada de hogar.No existe un régimen específico como cuidadora domiciliaria desgraciadamente. El salario como empleada de hogar viene determinado por el salario mínimo profesional y variará según el número de horas de trabajo que realices. Nosotros te podríamos calcular el salario que te corresponde según tu número de horas. Por otro lado, si estás realizando funciones que van más allá de las propias como empleada de hogar, y tu carga de trabajo es más alta al estar cuidando personas, sería interesante que llegaras a un acuerdo con la familia y pudieras hacerles entender la presión y el esfuerzo que supone cuidar bien a sus familiares. En CUIDUM hacemos esta labor de mediación y normalmente las familias comprenden la necesidad de que ambas partes estéis satisfechas con el acuerdo.

      1. Hola, en relación a los tratamientos médicos la labor principal como cuidadores puede incluir el proporcionar las medicinas necesarias tanto en la forma, como en el momento y cantidad adecuado siguiendo las instrucciones dadas por el personal médico.

    6. ¡Buenos días! Es muy importante conocer hasta qué límites debe llegar un cuidador de ancianos, pues las familias deben tratarlos como tal y no pedirles hacer más tareas de las que les pertenecen. Gracias por el artículo, Juanjo. ¡Feliz lunes!

    7. Me han contratado como cuidadora de un hombre con principio de alzheimer , es autónomo para ducharse, vestirse y hacer sus cosas, pero yo tengo que dejarle todo preparado, y recordarle lo que tiene que hacer en fin como si fuera un niño, me encargo del perro y de los gatos, mantengo el chalet limpio, una parte del jardín cuidado, pero estoy obligada a hacer labores de jardinería?, cortar el césped, debo decir que la propiedad es bastante amplia,

      1. Hola Ana Belén,

        No esta usted obligada. Salvo que usted lo pactará asi. Las cuidadoras tienen como foco de su trabajo el cuidado, la atención de la persona, y cubrir las necesidades de la persona a la que cuida. Al final es hacer lo que la persona no puede hacer por si misma, pero no son guardesas, conserjes ni limpiadoras.

        No obtante, si usted es Cuidadora Cuidum, le recomiendo que se ponga en contacto con su psicóloga mediadora para que le ayude a encontrar un punto de encuentro con la familia donde presta servicio. Un saludo.

    8. Hola quisiera saber realmente cuáles son los derechos x ley de los Cuidadores??
      Trabajo en un Recidenciale al cual atendemos a una Sra con fractura de cadera hace 4 meses . la hija nos trata muy mal .falta al respeto.denigra nuestro trabajo .al punto de decir que no atendemos a su madre .Se esconde en el placard para ver si vamos con la Sra y como eso muchas cosas más..que se hace e esa situación cuáles son mis derecho como cuidadora ante la ley
      Muchas gracia

      1. Hola Magdalena,

        Lo normal es poner en contexto esta situación con una persona que medie en conflictos. Desde Cuidum ponemos a disposición de nuestras cuidadoras un servicio de medidación psicologica que interviene y hace entender a ambas partes lo importante que es la alineación de los intereses por el bien de la calidad asistencial del paciente. En caso de no llegar al acuerdo siempre puedes comunicar el cese de tus servicios y buscar un empleador que reconozca tu trabajo.

    9. Es muy interesante tanto las preguntas como el apoyo dado por Cuidum a todas las personas que requieren apoyo en labores de cuidados de personas mayores. Los felicito.

      Por otra parte, me gustaría saber donde puedo conseguir copia de un contrato tipo para personas que prestan servicios de cuidado a personas mayores y los mitos de de trabajo que normalmente pueden ser considerados como parte de su labor en una residencia particular (no casa de reposo).

      Desde ya muchas gracias.

    10. Hola Jorge, estuve en México por un año y al regresar varios abuelos que supieron que estaba en Argentina me hablaron por trabajo ya que más de 20 años disfruto la tarea de cuidar abuelos.Asi fue que empecé cuidando a la esposa de un abuelo que cuide por 7 años. Los días sábados y Domingos. Luego la hija de otra abuela me insistió para ayudarle con su mamá a quien cuide antes de viajar a México. Me extraño su insistencia ya que fui despedida por ella sin explicación alguna. Le dije estoy ocupada. Puedo de lunes a Viernes por la mañana. Los viernes ayudaba a otra abuela en su casa. Luego sábados y Domingos cuidaba a otra abuela. Acepto que venga de lunes 7 AM a viernes 7 AM. Porque solo sería una suplencia por 30 días. Esto desde Agosto 2016… Ya estando en su casa me insistió que me quedé y haga 48 por 48 yo le pregunté por la otra señora y me dijo :una serie de cosas malas sobre ella. Mi respuesta fue : a nadie le agrada ser responsable de que una compañera quedé sin trabajo. Yo necesito la mensualidad segura pero podríamos trabajar tres mujeres aquí. Ya que cuidamos una abuela de 93 años con más de 110 kilos. Es muy sacrificado moverla, cambiarle el pañal etc. Todo una sola en su turno. Además de hacer la limpieza de la casa en su totalidad, la comida para todos. También soportar el maltrato verbal y calumnias de la hija de la abuela. Así es con cada mujer que pasa por aquí. Con respecto al sueldo muchas mujeres dicen que es poco. Ya que estamos pendientes de la abuela todo el tiempo. Y solo nos hace firmar un contrato mensual. Conmigo en lo personal considero que es y fue desleal. 1 deje los otros trabajos por quedarme aquí. Soporte y sigo aguantando gritos y mal humor de su hija. Ahora decidió tomar nuevamente a la señora que despidió cuando yo entre. Y esto género un ambiente muy tenso de trabajo entre nosotras. Nunca nos pagaron aguinaldo. Pregunta : puedo hacer algo legalmente ?

      1. Jenny, desconozco en que país se encuentra, y por el tipo de contratación imagino que no será España. Lo lógico en estos casos es que un mediador externo hable con las dos partes y se analice la situación.

    11. Soy técnica en laboratorio clínico,pero mi trabajo es cuidar a un adulto mayor,trabajo las 24 horas y desempeñó todas las tareas del hogar ya que vivo en la casa de la persona que cuido. Mi pregunta es,debería ganar mas de un salario mínimo que es lo que recibo en esté momento ? Desearía que mi comentario aparezca bajo el nombre de guerrera

      1. El salario mínimo interprofesional es el mínimo . Generalmente todas las internas se encuentran por encima del mismo.

        Un saludo

    12. Hola cuidó a una Sra. Adulto May os de 77 todo esta bien de acuerdo a mis labores pero no se que haser con la abuela porque insiste en automedicarse sola sin indicaciones médicas y se pone muy agresiva cuando no se les da lo que ella quiere tomarse
      Que se puede haser

    13. hola soy una cuidadora..y trabajo de interna.. cuido dos ancianos delicados de salud..y ago todas la tareas del hogar..gano 750 euros..mi pregunta es..es justo mi salario..o me tendrían ke pagar mas???y cuantos días libres me pertenecen

      1. Siendo interna te corresponden 36 horas de descanso ininterrumpidas si haces jornadas completas, y 2 horas diarias de descanso (pueden ser presenciales, es decir estar en la casa pero a tu libre disposición), el salario percibido varia en función a las horas también pero si hicieras jornada completa el mínimo marcado por el SMI son a partir de unos 800 euros pero eso depende las horas que tengas reflejadas en tu contrato.

        1. Pues yo cobro menos de 800 euros
          724 euros junto con la paga doble prorroteada ( 819 euros )
          Trabajo de interna
          Solo tengo 24h libre ( que son menos contando con los viajes que me pego .
          Si hubiera sabido que me engañaban ( porque no te dejan claro del todo tu sueldo mas que la familia te explota no hubiera empezado a trabajar donde estoy con quien estoy trabajando ) encima maltrato psicologico departe de los hijos

    14. A mi gustaria agregar y decir…que opinan usándolas cuidadoras son flojas h están todo el día con el wasap y se le cae el enfermo….que opinan de eso..porque siempre puyas para los empleadores y nada para las flojas sucias y saca foras de buelta

      1. Estimada Paola,

        En primer lugar no entendemos bien que indica en su comentario. No nos posicionamos a favor de una parte u otra, comprendemos las necesidades y tratamos de mantener una posición justa, porque nos parece justo defender el gran trabajo de las cuidadoras.

        No obstante y dicho esto, entendemos que puede haber empleadas que trabajen mal, por supuesto que habrá malas profesionales, por descontado. Pero en la ley para ello esta la figura, tanto del periodo de prueba en los contratos, como del despido disciplinario.

        Ahora bien, y al igual que hay cuidadoras que puedan ejercer mal su trabajo, y pueden no ser profesionales, existen familias, que creen que un contrato de interinidad les da el derecho de explotar a una persona 24 horas seguidas, que no tienen derecho a liberar su cuerpo y mente de una trabajo duro física y emocionalmente, de mantener comunicaciones con los suyos (teléfono, whatsapp o el canal que deseen), y viven en una pseudo-realidad que pretende llevar a las cuidadoras a un estado de esclavitud encubierta. Y por supuesto, que nos posicionamos totalmente en contra de esto, lo denunciamos pública y privadamente, y por supuesto no lo consentimos.

        Por tanto, a la mala praxis de una cuidadora, despido disciplinario. Pero a la mala praxis de las familias, que se puede hacer más allá de denunciar que estas cosas por desgracia ocurren en muchos hogares para sensibilizar a la sociedad que las cuidadoras son una heroínas invisibles que la sociedad les niega derechos.

        Un cordial saludo.

        1. Estoy de acuerdo con usted
          Nosotras somos cuidadoras no esclavas . Tenemos que hacer tareas ligeras del hogar ;
          Barrer y fregar
          Cocinar y lavar lo que ensuaciamos
          Limpiar el servicio y habitaciones ( las zonas comunes )
          Tenemos derecho de chatear con nuestra familia y amigos y no estamos 24/7 chateando también cuidamos del anciano y hacemos lo que tenemos que hacer .
          El anciano se nos puede caer por mala sujección o porque se ha resbalado .
          No somos tios ciclados con fuerza si se te cae y no estás preparado porque las caidas pillan desprevenidas no es culpa nuestra.
          Es como cuando vas por la calle y bang te resbalas contra el suelo . Es algo que no lo has planeado y como no lo has planeado no estabas preparado .

    15. Hola me llamo Mabel cuido una nona de 89 años no vidente la dirijo ella se ingeniosa sola pero tengo que cuidar 3 nietas mellizas 15 y otra 16 muy mal educadas me levantaNo la vos me ago cargo de la limpieza de las compras de la cocina tengo que dejardín comida echa para fin de semana para 25 personas trabajo 7 horas de lunes a viernes ganó 9000$ me párese que es poco X el trabajo en vacaciones la cuido todo el mes X el mismo precio , quisiera que me aconsejen tengo 62 años nesecito el trabajo pero no el abuso hace que trábano acá 2 años y medio desde ya muchas gracias

      1. Hola Mabel, si tu contrato es únicamente para cuidar a la anciana, no tienes porque hacer las demás tareas que te asignan como cuidar de las nietas, lo que te aconsejamos es que hables con la familia y llegues a un acuerdo, haciéndoles entender la situación.

    16. Hola soy miriam y cuido a una pareja de Yayos delicados de salud hago la limpieza de toda la casa que recalcó es muy grande además que a diario tengo que hacer las camas de los dos hijos más… pongo a llavar la ropa y doblar y la mayor parte de la ropa es de los hijos.
      Mi labor es de las 7 de la mañana a 8 de la noche son 13 horas diarias de lunes a sábado y mi sueldo es 1000 euros
      Mi duda es justo el salario por las horas trabajadas temo que no… 😞

      1. Hola Miriam si que es un salario justo por cuidar a una persona mayor esas horas, el hecho de que tiene que cuidar a dos personas y realizar otro tipo de tareas que no tienen nada que ver con el cuidado de los ancianos es lo que debería de hablar con su contratante, si en el momento que firmaron el contrato quedo claro que usted tenia que hacer todas esas tareas por ese salario no hay problema, el problema vendría si en el contrato solo figuraba que debía de hacerse cargo de las personas mayores y no de las demás tareas que no tienen nada que ver con su cuidado, le aconsejamos que hable con su contratante y le haga ver que esta realizando tareas de otra índole ademas de cuidar a dos personas mayores, esperamos haberla ayudado!

    17. Hola 1 consulta. Trabajo en 1 geriátrico donde hay 23 internos. Tenemos horarios fijos de 8 horas,pero las empleadas muchas veces no damos a basta dado q debemos levantar,higienizar,preparar y servir desayuno,limpiar la cocina después de cada desayuno o merienda,bañar abuelos,realizar cambios de sábanas,lavar todo la ropa más ropa de cama,servir cena,acostar a los abuelos y x último limpiar cocincocina y comedor. No es mucho para 1 sola empleada???

      1. Desgraciadamente si , los ratios cuidador por anciano en centros no suelen ser los debidos,lamentablemente se busca más la rentabilidad económica que la calidad asistencial al paciente.

    18. Una pregunta, el salario de una cuidadora interna es igual al de una empleada de 40 hora? yo Trabajo interna, en mi contrato pone 40 horas. Hay diferencia en el sueldo?

      1. Hola María, el sueldo es el mismo, ya que a pesar de ser interna, se computa como tiempo efectivo de trabajo 40 horas a la semana. Así, como es interna, tiene derecho a pernocta y manutención en el domicilio, aspecto que no tiene una persona externa. Esas son las diferencias. Saludos.

    19. Buenas tardes, una consulta, me quiere contratar un particular de lunes a domingo, librando un dia, para estar al cuidado de una demenciada. Cuanto me tendría que pagar al mes??

      1. Lo siento Elena pero ese tipo de contratación no es legal ya que tienes que disponer de 36 horas de descanso ininterrumpido. Asesórate bien antes de firmar cualquier cosa que no se corresponda a la legalidad

    20. Buenas noches
      Una familia me contrató para ser cuidadora de su familiar que es paciente crónico en clínica, el horario es 24 por 24.
      Mi pregunta es cuánto es el pago justo?
      Agradezco su valiosa colaboración

      Un abrazo y Bendiciones a todos

      1. Hola Sandra, legalmente una única persona no puede trabajar cubriendo un servicio de 24 horas / 7 días. Necesitas tener tus descansos y vacaciones. Saludos

    21. Holapor ando cuidando a una persona mayor de 89 años. Mi pregunta es tengo obligación de hacer las cosas que el puede perfectamente hacer? Osea se supone solo tenía que cuidarlo repasar un poco el polvo ya que trabajo de interna sábado y domingo. Hacerle de comer y ayudarlo con la ducha. Pero el se enfada con si no le hago cosas tan simples como cogerle sacarle una cosa del estante la cual el me a dicho (que a él no le cuesta nada) a demás que si no está todo perfecto me grita. Cabe decir que no tiene enfermedad alguna. Solo le cuesta andar un poco pero solo para pasear…

      1. Buenas Cony deberías hablar con la familia, y comentar la situación que tienes para poder llegara un acuerdo y normalizar dicha situación.

    22. hola yo cuido una señora tengo tiempi para estar en mi casa solo tres horas mañana tarde y noche hago todas las cosas no se si me corresponden hacerlas estoy 8 horas por dias y a la noche me pagan 16000$ nada mas perdon alo mejor esta esta mal la que estoy preguntando alguien me puede decir si esta nien

    23. Hola, me gustaría saber si una persona trabaja de cuidadora con una familia por más de 5 o 10 años, si luego la familia decide a llevar su familiar en una residencia la cuidadora/or tiene derecho para recibir alguna paga o solamente le paga el último sueldo y ya está? O qué derchos tienes la cuidadora en un caso así?

      1. Buenas tardes,

        En los casos de rescisión de contrato por fin de obra o servicio la familia debe preavisarte con 7 días antes. Además, el finiquito debe incluir los días trabajados en el mes, una indemnización de 1 día de salario por mes trabajado y las vacaciones generadas y no disfrutadas.

        Un saludo.

    24. Yo estoy cuidando una señora mayor en Valencia y literalmente la familia me explota . La señora en si no me da guerra pero los hijos de ella me exigen las siguientes tareas :
      Limpiar el polvo de toda la casa ( la casa es muy grande ya que es una casa de campo )
      Si la han duchado no lavan su ropa , esperan a que yo llegue para que lo haga ( eso lo hacen el Sabado que salgo por la mañana y vuelvo el Domingo noche )
      Domingo noche cuando vuelvo , no le dejan la cena hecha , tengo que llegar yo desde Valencia cansada del viaje y hacersela .
      Por una semana que no limpie el polvo ya me están riñendo ( lo mismo pasa con los cristales de las ventanas )
      Me exigen que limpie toda la casa todas las semanas .
      Porque haya una misera mancha en la puerta de la nevera ya me la están liando .
      Tengo que fregar , lavar ropa , cocinar , hacer la limpieza general del domicilio.
      No paran de darme guerra con la comida . No paro de prepararle verdura a la señora porque sufre de estreñimiento .
      Cuando estoy libre en mi fín de semana espian mi habitación .
      Lo sé porque ya van dos veces que he visto las puertas de mi armario medio abiertas , tanto así que el otro dia dejé un papelito debajo de la puerta de uno de estos y cuando volví efectivamente el papel estaba en el suelo , no era cosa de mi imaginación o descuidos mios de dejar el armario abierto o entornado son ellos . Mas que asistenta personal parezco la criada y para el sueldo que me pagan ( 724 + la doble paga prorroteada =820€ ) creo que es demasiado .
      Cuando los hijos tienen vacaciones no paran de entrar y salir de esta casa cosa que me agobia y no trabajo tranquila .
      Estoy cayendo en una depresión porque estoy un sin vivir .
      Quiero hablar con cuidum para que me busquen otra casa pero tengo miedo de quedarme tirada sin trabajo .
      Hasta me han dicho que si no limpio el polvo o los cristales tal vez afloje y me despidan .

    25. Contraté una persona para el cuidado de mamá. Se le aclaró desde un principio que debía curar la úlcera de mamá y se le dio la instrucción debida. También se le aclaró que mamá casi no ve y escucha muy poco y lo único que la entretiene es hacer algún horneado. Esta persona, dado que la casa es pequeña, debe dormir en el mismo cuarto con mamá, teniendo una cama cómoda, mesa de luz, etc. y un ventilador personal para el verano. Ella se ofusca porque le debe repetir a veces las cosas a mamá porque no la escucha y le hace reclamaciones constantes a la anciana. Ella no es profesional y no se le exige que lave la ropa ni planche ya que yo vivo en la casa en otro apartamento y me ocupo de las compras, los insumos que necesita mamá, etc. Tampoco puede leerle un poco a mamá ya que no tiene demasiada instrucción y su lengua materna es el guaraní. Me pregunto si es demasiado lo que le pido que haga, ya que luego del mediodía se sienta a tomar mate toda la tarde y se molesta si mamá le pide algo. También la ha retado a mamá porque se le volcó algo sobre el piso que ella había recién limpiado. Gracias por respuesta. La señora está en blanco y estoy pensando en despedirla. La felicidad de mi mamá es lo primero.

      1. Hola Cristina,

        entiendo tu preocupación, encontrar a la persona adecuada no es un proceso sencillo, si consideras que otra persona podrá desarrollar mejor el trabajo ya tienes la respuesta. Quiero romper una lanza también por los cuidadores y cuidadoras porque su trabajo aunque pueda parecer sencillo, es en realidad mucho más complejo de lo que parece. Se necesita ser una persona mentalmente muy fuerte, empática, paciente, cariñosa y poseer los conocimientos necesarios por formación o por experiencia, pues la práctica hace al maestro.

        Nosotros podemos ayudarte encontrando una persona que cumpla los requisitos que necesita tu madre, si necesitas ayuda te recomiendo que nos llames y el departamento de atención a familias te asesorará sin compromiso. El teléfono es gratuito, llámanos 900834942.

        Saludos y gracias por compartir tu experiencia con nosotros.

    26. Hola
      Me llamo Sandra y estudio servicio social, estoy en mi ultimo año
      Me dieron un caso que la verdad me tiene algo complicada
      caso
      Corrían los años 80…. Esta es la historia de una mujer que vivió violencia física y psicológica de parte de su esposo. Después de 20 años logra “separarse de hecho”.
      Después de “viejos”, el ex-conyuge, esposo aún, sufre una enfermedad importante que lo deja postrado. Posterior a un proceso de judicialización, la señora tuvo que encargarse de él, no le dieron la oportunidad de expresar la situación limite de violencia que le tocó vivir, dada la situación limite del anciano….
      Esta es la pregunta, y esta implicita, no puedo verlo de manera ogjetiva o subjetiva,solo responder tal cual la pregunta.
      ¿USTED, COMO PROFESIONAL, COMO ACOMPAÑARÍA A LA SEÑORA, EN SU ROL DE CUIDADORA?

      1. Hola Sandra, en ocasiones parece que la realidad supera a la ficción. Entiendo y comparto tu angustia, quizás la manera más «fría» de afrontar la situación es desde la profesionalidad similar a la de un médico o bombero que cuando debe de salvar la vida de alguien, no juzga los actos de esa persona y se ciñen a realizar la labor que tanto aman. Te mando mucha fuerza, saludos y gracias por tu labor!

    27. Hola soy pamela cuido un abuelo de 80 años la verdad que con la mujer y los hijos no tengo ningun problema los problemas estan cuando ellos se van el señor es muy nervioso me tira las cosas mequiso levantar la mano barias veces incluso me amago para tirarme la sopa hirviendo …yo trabajo cama adentro de lunes a sabados medio dia ..realizo la limpieza de la casa como vivimos los 2 nada mas …la verdad empece a tenerle miedo ..

    28. Hola trabajo 15hs diarias ingreso 16:30hs y salgo a las 8 de la mañana del siguiente dia de lunes a sabado 8 de la mañana me pagan 11mil pesos total de horas trabajadas x semana 75 hs a mi parecer es muy poco y ensima los feriados si me los tomo me descuentan a partir de las 00hs

      1. Hola Lorena, lamento no poderte brindar una respuesta, de lo que nos indicas en tu comentario entendería que estás trabajando en otro país que no es España. La remuneración a percibir en un país es diferente al otro, por lo que no podría brindarte una respuesta concreta pues los valores variarán. Te sugiero te contactes con el lugar indicado de tu país, y te puedan guiar con tu consulta.

        Que tengas un buen día. Saludos.

      2. Hola buenas noxes estoy viendo los comentarios y m compagino m agrado la orientación q les das si mira mi pregunta es q nunca he sido cuidadora yo nada mas iba a cubrir 15 dias ala enfermera pues bien resulta q ya no regreso m abandono con una pasciente q tiene demencia senil apesar d no tener experiencia hice mi trabajo lo mejor q yo pude claro con la ayuda d mi Dios pues q t digo q los fam. Se quedaron fascinadiscimos conmigo m los gane con mi trabajo y esos 15 dias se convirtieron en meses ya cumpli 11 meses pero ahorita ya empese a tener problemas porq les pedi un contrato pero a mi nombre no al d la enfermera porq ella fue la q hizo el trato pero aqui la q esta trabajando soy yo se los pedi porq aparte q tiene demencia la tengo q trasladar d la cama a la silla no quieren aumentarme en estos 11meses nada mas e salido a descanzar 16 dias q fue 31 d dic. Y 10 d mayo d este año claro como siempre encajosos hago limpieza veo ala pasciente u m pagan $3000 ala semana en pesos mexicanos pero hoym molesteporq ahora resulta q también es mirespousabilidad quedarme con la pasciente en el hospital le dige q quiero firmar contrato q m aumente sueldo y tonta d yo porq mi bitácora q e elaborado todos estos meses m la pidieron disque para el hospital y estoy preocupada porq era lo unico q tenia como prueba d mis 11meses q puedo hacer graxias

        1. Consuelo,

          Lamento por la situación en la que estás involucrada, sin embargo te recomiendo que lo consultes directamente con ente regulador de tu ciudad/país. Considera que cada nación se maneja de forma distinta en base a las condiciones legales para cada país.

          Un saludo desde España,

    29. Hola, desde hace más de año y medio acompaño a una anciana frágil, de 86 años, lúcida. Su mayor dificultad es el hecho que no aceptar su vejez. y si bien me esfuerzo sobremanera para pasar por alto actitudes hostiles o comentarios que tienden a denigrar me, ya que me formé para esto y tengo claro que el problema no es personal sino que su negatividad es parte de lo esperable, me pregunto, cuál debe ser mi límite? Hay días que me dejan mal parada. Es sano un vínculo así? Gracias

      1. Hola Susana. Antes que nada agradecerte por tu comentario, entendemos la gran responsabilidad que afrontas al igual que muchas otros cuidadores de personas mayores que han pasado por situaciones similares. El cuidado puede resultar un poco desgastante e inclusive frustrante de no saber qué hacer cuando tienen comportamientos poco hostiles e inclusive agresivos. Como cuidador, la labor no solo se trata del cuidado físico, sino también de comprender esos cambios de humor o personalidad de la persona mayor y acompañarlo a lo largo del camino. No es una tarea fácil, pero recuerda que nos necesitan más que nunca. No hay una fórmula exacta para evitarlo, pero si puedes intentar mejorar la relación; distrayendo su atención, evita discutir o llevarle la contraria, y en el mayor de los casos puedes solicitar la ayuda de algún profesional para que te ayude afrontar esta situación.

        Saludos.

    30. No estoy de acuerdo que se les permita llevar los teléfonos pues estan adictas a ellos y en las tres horas que están no es justo pueden usarlos cuando se vayan, para prepararme la comida es un problema pues no le gusta la cocina, me trae al hijo cuando no tiene clases y lo acuesta en el sofá al lado mío y allí empieza a consentirlo , se hizo amiga de mi hijo y me busca problemas con el si yo le digo lo que no me gusta las las llamadoras de la madre desde cuba desde que entra por la puerta yo le advertí desde el principio si tenía hijos y me dijo que si pero tenía quien se lo cuidara, no sé si echarla pero pienso que todas son iguales, ustedes las agencias deberían decirles no uso de teléfono en esas pocas horas de trabajo!Amigas mias me dicen que todas son iguales y cuando cojen confianza se echan a perder, Dios me de paciencia tengo 88 años

      1. Hola Ana María, lamento por la incómoda situación que te está causando malestar. En Cuidum somos conscientes que lo más importante al momento del cuidado, es la buena comunicación entre la cuidadora, la persona a cuidar y el familiar, y de acuerdo a lo que me comentas el mayor problema es el uso del móvil que considero deberías hablarlo con ella al igual que con respecto al hijo de ella, son temas que deben ser conversados junto a tu hijo para establecer un límite y solución. En Cuidum, somos una empresa que no solo nos encargamos de la búsqueda de la cuidadora, sino también gestionamos la mediación posterior a la contratación, teniendo contacto con la cuidadora y la familia, y en el caso de haber una situación incómoda como la que tu estás pasando, nos encargamos de mediar hasta lograr un término medio a favor de todos y seguir mejorando la relación entre ambos.

        Espero que pronto encuentren una solución al caso, y sobre todo mejorar la relación que guardan para el bien de todos ustedes.

        Saludos Ana María.

    31. Hola,buenos dias,yo trabajo de interna,cuido una señora mayor desde hace 3 años.Tengo contrato indefinido,pero hay una cosa que no la veo bien,es que no se respeta mi derecho de descanso en los fines de semana.En el contrato pone que trabajo 40 horas semanales de lunes a sabado y que el regimen de las pernoctas seran de 7 noches a la semana.Yo tengo que dormir todas las noches en la casa donde trabajo,asi que nunca tengo las 36 horas seguidas de descanso aunque las necesito,porque la señora que la cuido tiene 92 años y tiene demencia senil y es muy dificil de trabajar con ella.Que puedo hacer para que sus hijas me den las horas que me corresponden de descanso.Gracias

      1. Hola Ana,

        Antes que nada, si efectivamente tu debes de librar 36 horas semanales consecutivas para disfrutar de tu descanso legal, y en el caso de estar trabajando bajo contrato, está contemplado legalmente. Por lo que deberías comentarlo con los familiares de la señora, considerando el afecto y proximidad de los 3 años con la familia, conversar e indicarles que te corresponden por ley para tu descanso personal.

        Saludos,

      1. Hola Ana:

        Con respecto a lo que me consultas, preferiblemente tus cosas de aseos, sería necesario que los lleves tu mismo, sin embargo dependerá mucho de la familia. Si ellos consideran oportuno te pueden proveer de artículos para su uso, pero como te comento esto dependerá de lo que converses con la familia y lleguen a acuerdos para una correcta convivencia.

        Un saludo,

        1. Hola, mi salario es el minimo, hago todos los quehaceres del hogar y cuido un anciano, pero me exigen q lleve mi alimentacion, debo hacerlo?

          1. Hola Eloisa:

            Si no te encuentras trabajando como interna la familia no tiene obligación de abonarte alimentación, eso debe correr a tu cargo. Es voluntad de la familia.

            Recibe un saludo,

    32. Hola soy cuidadora tengo un año y tres meses con una abuelita de 96 años soy extranjera pero tengo permiso de permanencia acá en colombia quisiera saber a q derechos de pago o de ley debería tener ya q solo me pagan mi sueldo semanal y eps soy cuidadora particular

      1. Hola Katty:

        Un gusto saludarte. Con respecto a lo que me comentas, no estoy segura si me confirmas si tienes o no documentación. Te comento que para trabajar es indispensable que cuentes con documentación en regla para realizar el contrato laboral y recibas todos los beneficios que te correspondan por ley. Y para poder indicarte cuánto sería el salario que te corresponde, necesito que me confirmes la cantidad de horas semanales que trabajas semanalmente.

        A espera de tu confirmación para ayudarte.

    33. Hola buenas noches! estoy al cuidado de un matrimonio , el abuelo con demensia senil, la abuela salio de una internación y esta muy deprimida, ella no solo quiere que los atienda , preparo medicación, aseo, comida , compras , mi pregunta es la siguiente , cuántas horas de descanso me corresponden? ESTOY DESDE LUNES 8 HS A VIERNES 17 .la abuela quiere que este todo el tiempo limpiando, le explico que no es mi tarea. ya hable con la familia que necesito mi espacio y descanso.

      1. Hola Silvia:

        Te corresponden dos horas de descanso diario para poder comer y cenar legalmente. Además, debes de descansar 12 horas entre jornadas (para que puedas dormir y descansar en horario nocturno).

        Igualmente, te recomiendo que hables con la familia para poder solucionar tu situación.

        Recibe un saludo,

    34. Hola me llamo Pilar, quisiera saber que obligaciones debo hacer, soy cuidadora de tres personas.De día tienen ha una persona de independencia clese. Esta persona dice que ella no tiene que limpiar en la casa de las mujeres que cuido dice que lo haga yo. Quiero saber que debo hacer.

      1. Hola Pilar,

        Entiendo que pueda existir un poco de confusión en cuanto a las funciones de los cuidadores, pero como lo hemos comentado en nuestro post, el cuidador/a es responsable de la persona mayor y por ello sus funciones son las relacionadas con el cuidado del mayor y su entorno, como por ejemplo limpiar su cama, habitación, bañarlo, e inclusive en el caso que sea acordado con el empleador, la preparación de comida para el mayor, pero no es responsable del cuidado del resto de la familia.

        Lo que te aconsejo, sobre todo con la finalidad de generar un ambiente de armonía y entendimiento entre las partes, conversar con tu empleador/a para establecer los límites de tus funciones, siempre con la disposición y flexibilidad de ambos.

        Un saludo y espero pronto tengas una solución,

    35. Muy buenas noches mi problema es que he trabajado cuidando a un anciano y no tengo experiencia no me hicieron contrato y despues de unas semanas me hacian cocinar bueno a hacer las tareas como empleada y a la vez tenia que cuidar al anciano me pagaban 900 soles al mes de 7am a 4pm y lo que paso es que despues querian que trabaje de 7am a 7 pm por el mismo sueldo y no acepte y me despidieron trabaje durante 5 meses me corresponde liquidacion?

      1. Hola Jorge:

        Buenos días, con respecto a lo que me indicas. Entendería que has estado trabajando en un país fuera de España, por lo que te recomendaría que te asesores legalmente en el país donde has trabajado, considerando que las bases legales difieren de un país a otro. De igual forma, lo que puede jugarte en contra es el hecho de que estabas trabajando sin ningún contrato legal, es decir, en el caso de reclamación y tu empleador no esté de acuerdo en abonarte tu indemnización, no tienes un documento legal que respalde tu labor de trabajo. Como te repito, te sugiero que te asesores legalmente, de seguro pronto encontrarás una solución.

        Un saludo,

    36. Buenas tardes ami me contrataron para el cuidado d anciano trabajo 40 horas ala semana y mi sueldo es d 1000 eu pero me dise q las pagas estan ahy incluidas y las vacaciones y ahora me dise q tengo q limpiar toda las casa por el mismo sueldo

      1. Hola,

        Primeramente comentarte que para el trabajo relacionado al cuidado del mayor, por un contrato de 40 horas semanales es correcto, siendo de 1000.65€ con las pagas extras ya prorrateadas, con beneficios incluidos:
        – 36 horas de descanso semanal ininterrumpido disfrutados durante el fin de semana.
        – Dos horas de descanso diario.
        – Los festivos debes de librarlos, y en caso de que los trabajes te los deben de abonar a parte a mínimo 35€ el día.
        – Y disfrutar de 30 días naturales de vacaciones por año.

        Con respecto al tema de las tareas, éstas deberán ser concernientes y relacionadas únicamente al cuidado del mayor.

    37. Hola yo me llamo Vicky soy de México,soy enfermes y cuido a un paciente de 96 años,llevo 11 meses Trabajando en Querétaro donde vive,quiero pedirle aguinaldo a mi patrón qye es el hijo de mi paciente pero no tengo contrato en físico y la verdad luego si es medio tacaño para dar gasto son el material de curacion para su paoa puesti que yo y otro compañero vamos a comprarlo.las tareas aumentaron,ya que sólo dijo el patron que sólo era cuidar a su papá,acompañarlo al baño Y estar a su cuidado pero no a cocinarle,porque ya habia cocinera Y ahora hasta ya le damos de comer a la perra , la bañamos,contestar el telefono,hacerle el desayuno al señor,porque la trabajadora domestica llega hasta medio día a trabajar, a estar de porteros o ir en la noche a comprar medicamentos que se le olvidan compre a su hijo.como le hago para pedirle aguinaldo y bueno si tengo derecho o no?,la unica forma de comprobar el ttabajo es por una bitacora de notas desde que empezamos a Trabajar con el paciente😀gracias linda noche!!!

      1. Hola Vicky:

        Por lo que me comentas trabajas en México, y en este caso te sugeriría que lo consultes directamente en la Seguridad Social de tu país. Hay que entender, que las leyes y por ende las condiciones de trabajo serán diferentes a las que estipulamos dentro del territorio Español. Es importante que te informes, sobre todo para que tus condiciones de trabajo sean respetadas de acuerdo a lo que rige la ley de tu país.

        Un saludo desde España.

        1. Hola yo trabajo en residencial en Uruguay hace un par de meses tenemos a persona q es muy obesa demasiado y la verdad no podemos mas con ella es un hombre muy pesado q a su ves no colabora ni en mover un brazo y solo se queja de todo estamos cansadas y muestras espaldas ya no dan mas quiero saber no hay una normativa para lo q es el peso q se hace . comparación de lo q somos las empleadas

          1. Hola Yésica,

            Lamento no poder ayudarte con mayor información. Con respecto a estas normativas te sugiero lo consultes directamente con la legislación de Uruguay, ya que lo más probable es que sean diferentes a las de este país.

    38. Buenas tardes.Tengo una persona interna que cuida a mi madre de 88 años en su casa Por temas de salud, va a estar unos días ingresada en un hospital. Mi duda es si la persona que la cuida en su casa puede acompañar en el hospital, si hay que pagarle algún extra, etc. Les agradecería me puedan proporcionar información al respecto.Saludos

      1. Hola Ángeles. Según el art. 1.2 del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, “se considera relación laboral especial del servicio del hogar familiar la que conciertan el titular del mismo, como empleador, y el empleado que, dependientemente y por cuenta de aquél, presta servicios retribuidos en el ámbito del hogar familiar”. Es decir, los empleados de hogar deben prestar sus servicios en el domicilio, no se presume el servicio en hospital y tampoco se podría obligar a la cuidadora a realizarlo. Atendiendo a este artículo, los familiares deberían cubrir la hospitalización. Espero haber resuelto tus dudas. Un saludo.

    39. hola trabajo para 1 matrimonio mayor en pricipio 3 horas al dia de lunes a viernes y para limpiar cocinar y ayudar a bañar a la señora no me a hecho contrato pero me hacen algun sabado poner enemas llevarla al medico a veces tengo que 1 hora mas hacerle las uñas de los pies prepararle la medicacion medirle la insulina me llaman cuando quieren cualquier cosa y asta tengo que depilarla y acompañarla.a peluquería fuera de.mi horario y quieren q vaya con ellos de vacaciones a una casa q tienen x el mismo sueldo y hago también la compra y los recados

      1. Hola Sabrina,

        He leído tu mensaje, pero en primera instancia no me has dicho cuanto te están pagando, segundo, tu me indicas que trabajas 3 horas al día pero en ocasiones tienes que trabajar más horas, por lo que es importante que definas con tu empleador o empleadora la cantidad de horas que deberás trabajar organizándola en días, y disfrutes de tu salario como cuidadora acorde a lo que estás trabajando, y en tercer lugar, es necesario que te hagan contrato si en algún momento tienes que reclamar tus derechos, caso contrario cómo podrías demostrar legalmente tu trabajo como cuidadora.

        Sabrina, es importante que intentes conversar con tu empleador o empleadora, para llegar a un acuerdo y se te fije tu salario en base tu trabajo y contrato legal establecido.

    40. Hola buenos días, mi pareja es cuidador, siempre ha atendido a 1 sola persona, lo ha hecho genial y ha sido valorado por su trabajo teniendo muy buena relación tanto con la persona que tenía que cuidar como con el resto de familiares. En estos momentos le han ofrecido un trabajo en el que se debe de encargar de 3 hermanos mayores que viven solos, 2 de ellos dependientes. Mi duda es si el sueldo que tiene que pedir es el mismo que aparece en convenio o al ser 3 personas y aumentar la carga de trabajo es otro. Un saludo y gracias por adelantado

      1. Hola Pepa,

        La ley no contempla que, por cuidar a más de una persona tengas que cobrar más. Es decir, legalmente le deben pagar el salario mínimo interprofesional.
        Otra cuestión es que tu marido quiera negociar ese salario, pero, legalmente, no hay ningun precepto legal que reconozca una subida salarial por cuidar a más de una persona.

        Recibe un saludo,

      2. Hola tengo una cuidadora contratada en blanco , vive a 20 cuadras de casa , original mente venía a casa una vez por semana 6 horas, cuando mi madre vino a vivir con nosotros, la contraté todos los días de lunes a sábado 5 horas
        1 hora para la higiene de mamá y 4 para limpieza en general de la casa que somos 3 mi mamá , mi marido y yo.
        En un principio se negó a venir a trabajar si no la buscábamos a su casa y la llevamos de vuelta, accedimos
        Después que su recibo dice tareas generales , y no cuidadora ( tengo que hacer dos recibos ?
        Después que tiene un hijo a cargo que deja solo y ahora por la cuarentena si quiere no viene porque se lo cuidaba la mamá , y es mayor
        Priorizo la relación y el respeto que habla con mi mamá pero quiero saber cuales son mis derechos porque creo que pago todas mis obligaciones
        Y soy de la misma clase social

        1. Hola Julieta,

          En el caso de tener dudas sobre las gestiones laborales de tu cuidadora, si deseas puedes contactarnos http://www.cuidum.com y conocer sobre nuestro servicio Basic, donde podemos orientarte de mejor manera con todas las gestiones laborales que implica hacer a tu nombre y podemos ayudarte a realizar las respectivas mediaciones para lograr una mejor relación laboral entre ella y la familia. Te invito a que conozcas más de nosotros.

      3. buenas noches vanesa yo trabajo cuidando, asistiendo y acompañando a una adulta mayor discapacitada hago lo que puedo de limpieza mientras ella duerme la casa es grande usted digame si yo tengo que hacer toda la limpieza de la casa o tengo que estar pendiente a la señora

        1. Hola, Janeth:
          Deberían ser tareas de orden y limpieza básicas para que el mayor se sienta lo más confortable, siempre y cuando esté relacionado con el cuidado del adulto mayor. Sin embargo, esto dependerá del acuerdo con la familia, en caso que tengas mayor duda sobre tus tareas, te recomiendo que lo converses con tus empleadores para llegar a un acuerdo en común.

    41. Hola llevo tres años cuidando una persona mayor no me han dado de alta en la seguridad social no me voy porque necesito el trabajo si me voy tengo derecho a reclamar finiquito .gracias

      1. Buenas,

        Antes de reclamar finiquito deberás de reclamar el tiempo que has estado trabajando sin estar de alta, dado que para la seguridad social no apareces como trabajando, por lo que antes de reclamar un despido, deberás de regularizar tu situación con la seguridad social.

        Recibe un saludo,

      1. Hola, Viviana. Para poder ayudarte con mayor información necesito que me indiques cuántas horas a la semana trabajas como cuidadora de la persona mayor. Un saludo.

    42. Buenas tardes, yo trabajo en una casa hace ocho años y medio, cuando empecé cuidaba a un matrimonio , la señora es dependiente, el señor no lo era. Lo señor falleció hace casi tres años, y sus hijos trajeran a casa una hermana para ser cuidada tb. Pero no cambiaran el contrato, o sea, en el contrato solo consta ahora que cuido la señora y nada más. Esa hija y su hijo, este no vive ,ahí me maltratan psicológicamente con malas palabras. Lo hijo de la señora no hace caso ningún pq elle es quien la representa visto ella estar con demencia. Yo trabajo de lunes a sábado 48h o más y mi contrato es de 40h. Mi pregunta es: que puedo hacer para denunciar ese maltrato y se soy obligada a cuidar a esa hija que vino después? Yo soy una persona de 63 años , muy responsable pq soy yo que voy médicos con la señora, le hago todo a ella, aseo , comida ,farmacia, salir con ella , en fin, todo que tenga a ver con su persona y bien estar, su marido me quería como se fuera su hija, pero después de su muerte las cosas cambiaran mucho y con esto de la pandemia todavía peor, pq trabajo sin muchas condiciones de seguridad, solo yo llevo mascarilla , ahí a casa va cualquiera , yo me preocupo mucho por la señora pq tiene muchos problemas de salud, Enferma alto riesgo, yo tb lo soy por problemas respiratorios, me cuido mucho pero ahí en la casa un poco imposible. Y tampoco sé que puedo hacer para que esto cambie o como denunciar que ahí a casa no puede ir visitas pues esta hija que vive ahí se va de paseo, precauciones ninguna y trae gente a casa. Yo siempre estoy en tensión y nerviosa `pq trabajar así es un sin vivir y no tengo a nadie que me ayude, pues soy una persona sola. Mis compañeras pasan de todo, hasta no llevan mascarilla a trabajar, pues somos 3 en horarios distintos pq la señora no puede estar sola. Pues yo coincido con una de ellas dos horas y no hay respecto pq no trae mascarilla. Como es en una casa no sé como proceder pq no conozco las leyes, se las puede obligar o no. Muchas Gracias . Un saludo.

      1. Buenas, Alicia:

        La contratación de empleados de hogar no pone límite legal a las personas que residan en el domicilio. Es decir, es irrelevante cuidar a una o dos personas, eso no es ilegal.
        Otra cuestión es el tema que comentas de las horas de trabajo. En ese caso si debes exigir trabajar solo las 40h que marca tu contrato y no más. En caso de que quieran que trabajes más horas, pueden abonarse como horas complementarias o horas extraordinarias.
        Respecto a la situación que me comentas con la señora, por desgracia no podemos ayudarte. Lo mejor es que hables con la familia y le comentes la situación que estás viviendo para que ellos te den una solución, ya que igual por lo que comentas sufre alguna patología que le hace tener ese comportamiento.

        Recibe un saludo.

    43. Hola buenas!
      Gracias por la información….
      Me gustaría hacer una pregunta, tengo una duda enorme…
      Cuido a una persona mayor
      Tengo un contrato de 40 horas semanales, pero hace un mes la señora tuvo un accidente (yo estaba de vacaciones), y se me dijo que no hacía falta que estuviera con ella en el hospital, que los hijos se hacían cargo de ella, quisiera saber si me corresponde el pago normal de cada mes aunque yo no esté laborando?
      Muchas gracias ☺️

    44. Buenas tardes quisiera saber bien cual es el trabajo de una cuidadora domiciliaria, ya que me dedico a cuidar mayores con problemas de salud hace 4 años y medios. Mi inquietud es que en este último tiempo me han puesto a hacer la limpieza general de la casa y por si mál no entiendo la familia del paciente tienen que contratar a una empleada doméstica ya que me imagino que las cuidadoras no deben hacer esa clase de tareas.
      Saludos

      1. Hola, Fernanda:
        En tu caso, al ser contratada como cuidadora, sí que tienes como tareas el orden y limpieza básica para que el mayor se sienta lo más cómodo posible, siempre y cuando esté relacionado con el cuidado del adulto mayor. Sin embargo, esto dependerá del acuerdo con la familia. En caso de cualquier duda, deberías hablarlo con tus empleadores par que podáis llegar a un acuerdo sobre tus tareas. Un saludo.

    45. Hola buen día tengo una duda grande hace 2 años y 4 meses que cuido a una señora de94 años yo estaba de baja por una caída que tuve atendiendo a la señora estuve 12 días aún tengo resentido el golpe y hace 5 días la hospitalizaron a mi ayer me dieron el alta y las sobrinas solo van fin de semana yo tengo que cuidarla igual por el mismo sueldo o me deben dar una paga adicional por estar día y noche en el hospital?

      1. Buenas, Ninoska:

        En el hospital no puedes estar 24 horas trabajando. Solo tu jornada de trabajo habitual y siempre que tu estés de acuerdo, puesto que tu contrato será para un domicilio particular. Recibe un saludo

        1. Hola buena noche
          Quería pedirtefavor si me podés asesorar en cuanto se está cobrando un sueldo de cuidado a adulto mayor con cama , (argentina) yo me encuentro trabajando de lunes 8 am con cama es decir que me quedo hay toda la semana y salgo el a sábado 8 de la mañana realizó tareas como , dar medicamento al paciente tiene 93 años con poca movilidad ya que su pierna izquierda y su brazo izquierdo hace años sufrió un accidente y este le dejo secuelas , es decir el no tiene movilidad está en silla de ruedas , le doy el medicamento le preparo desayuno merienda y , caliento zena y comida , me encuentro en un apartamento grande sola con el , lo baño y le hago todo el higiene personal el sufre de esquizofrenia , aparte hago limpieza de toda la casa (se lava ropa todo lo del hogar)ymanejo un perrito (animal) el cual atiendo , trabajo días feriados también mi sueldo es de 23.000 mil pesos argentinos es lo adecuado ?

          1. Hola, Vanessa:
            Sentimos no poder asesorarte, pero somos una empresa española, por lo que desconocemos el salario de cuidadores en Argentina. Un saludo.

          2. Vanessa, te están pagando muy muy poco. Yo contraté cuidadores domiciliaros para mi padre: 1) la cuidadora nocturna, que está 8 horas todos los días, gana 30 mil. 2) el cuidador de día, que trabaja 12 horas todos los días, gana 92 mil.

    46. Hola…soy de Perú…trabajo cuidando una persona mayor de 93 años con parkinson…ya casi no se mueve….depende de mi para todo…desde hace casi 8 años…no he tenido vacaciones…entro 10 am salgo 5 y 30 pm…de lunes a sábado….mi sueldo 1.200…cocino.. Lavo…usa pañal pero igual se pasa la cama todos los dias….creo necesito ya un descanso mínimo fe un mes…pero me pdicen que no…

      1. Buenas, Evelyn:

        Efectivamente, tienes derecho a tus vacaciones. Tienes derecho a 30 días naturales de vacaciones por año trabajado. Recibe un saludo.

    47. Buenos días.
      Estoy interesado en una oferta laboral de Cuidador de Ancianos de la Diputación de León. Soy un Educador Social leonés, no geriatra o enfermero.
      Mi pregunta es, se adecuarían mis competencias con las funciones que piden? O básicamente el trabajo es del hogar y aseo de la persona mayor? Que en su caso no me interesaría
      Porque eso no se correspondería con lo que busco.
      Muchas gracias por contestar, un saludo.

      1. Hola, César:

        Como puedes leer en el post, estas son las tareas que normalmente se esperan de un cuidador:

        – Supervisar a la persona a su cargo en todo momento.
        – Fomentar la actividad y las relaciones sociales con otras personas de su entorno.
        – Mantener unas rutinas de higiene adecuadas, es decir, ayudar con el aseo.
        – Garantizar una dieta variada y saludable de acuerdo a las necesidades de cada persona, es decir, ayudar con la cocina.
        – Realizar tareas básicas de orden y limpieza en el hogar para mantener un entorno limpio y acogedor para la persona mayor.
        – Garantizar la movilidad de las personas con necesidades especiales para que siempre se sientan cómodas.
        – Ofrecer compañía para evitar los problemas derivados de la soledad en la vejez.

        Un saludo.

    48. Buenos días, me contrataron como vigilante nocturno para un anciano de 84 años, que solo tengo que ver que no se caiga cuando va y viene del baño, tiene diabetes y va unas 6 o 10 veces en la noche, trabajo de 22:00 a 8:00 unas 10 horas 6 días a la semana, trabajo nocturno, me pagan 900 euros, me van a hacer contrato, también me encargo de cambiarle el pañal y el pijama si se lo mea, quisiera me aclare mi situación, pues no encuentro nada parecido de vigilante nocturno de ancianos, por tanto:
      1- ¿cuál sería mi contrato?
      2- ¿qué salario me correspondería si estoy 60 horas semanales?
      Después de cada vez que el señor vuelve a la cama estoy descansando en un sillón abatible, realmente me siento por la mañana descansado, no necesito dormir ya que si duermo entre vez y vez.
      Mi p3- pregunta es ¿debería pedir más sueldo o esta bien con 900€?
      Solo hago lo que la comente, vigilar, cambiar pañales y pijama, por ahora.
      4- ¿Como pido las vacaciones?, todavía no he firmado contrato llevo 8 dias.
      pueden indicarme como debo de estar vestido y si debo cambiarme cuando venga de la calle??, con un traje como de enfermero??.
      Como ven necesito asesoramiento, ta leí mucho sobre cuidador, peto no veo lo de solo nocturno, durante el dia le cuida su mujer.
      Espero me puedan ayudar
      Gracias
      Saludos cordiales

      1. Hola, Jose Antonio:

        Lo primero que debes hace es consultar las horas y el tipo de contrato laboral. Entiendo que serían 40 horas más 20 horas de presencia, en total 60 horas, como comentas. En estos casos debemos remitirnos a lo pactado en el contrato laboral. Solicita a tu empleador que te facilite tu contrato laboral.

        El salario mínimo interprofesional para 40 horas semanales es de 1056,77 euros con las 2 pagas extra prorrateadas. Las 20 horas de presencia adicionales deben pagarse como si fueran horas ordinarias de trabajo (7,43 euros/hora) o bien puede compensarse por tiempo de descanso equivalente.

        En cuanto a las vacaciones, generas 2,5 días naturales de vacaciones por cada 30 días de trabajo.

        En cuanto a tu vestimenta, nosotros no podemos darte indicaciones, deberás consultarlo con tu empleador, y seguir las recomendaciones sanitarias.

        Un saludo y gracias por comentar.

    49. Hola buenas tardes! Hace 1 año y 3 meses estoy trabajando cuidando a una señora mayor.lo cual fue cambiando mucho su situación porque cada vez se fue empeorando más su enfermedad. Trabajo cama adentro los findes. Entró viernes a la tarde y salgo lunes al mediodía. Me pagan 6mil por finde.el trabajo consiste en cuidar a la persona mayor en todo momento porque ya no puede por si sola.aparte se hace limpieza al hogar y se atiende varias mascotas.yo quería saber si el sueldo q me están brindando es el correcto.

      1. Hola, Daiana:

        Creo que te has confundido con el salario. Vuelve a escribirnos con el salario mensual correcto.

        Muchas gracias por comentar.

    50. Hola buenos dias, ayer escribi un comentario pero no estoy segura de si lo pude publicar o no, resulta que trabajo como cuidadora de personas mayores, y hace 3 meses entre a trabajar de cuidadora interna de una persona mayor, bueno hasta hace dos dias todo esta yendo bien, yo lo de siempre pues haciendo la limpieza tanto de la persona a la que cuido, como de la casa.. Resulta que no ha tenido hijos nunca y solo tiene sobrinos y hace dos dias vino a visitar una sobrina, cuando estaba ella llama una vecina y dice de limpiar la terraza comunitaria (antes lo hacia ella) entra la sobrina pegando chillidos a decirme que porque yo no limpio lo que es la terraza comunitaria.
      . En primer lugar cuando entre no se hablo de que me correspondia eso, ya que soy una cuidadora.
      . En segundo lugar la limpiaba una vez a la semana desde que entre porque la misma vecina me pidio que por favor le recoja las cosas cuando algo cae o que recoja la basura que caen tmb.
      . En tercer lugar, es tereaza comunitaria a la que no tenemos entrada en ella y mucho menos la ocupamos.
      Es cierto que no cuesta limpiarla, pero pienso yo que todos los dias no tengo que hacerlo, una porque no me corresponde y otra porque si lo hago una vez a la semana basta(no todos los dias como quiere la sobrina) creo yo…
      Aparte quiere que yo vaya tirando cosas(como voy a tirar cosas por mas antiguas o viejas que esten si la persona que yo cuido esta bien, ella se entera de lo que pasa y no puedo simplemente tirar las cosas, cierto?
      Por ultimo quiere que limpie y deje brillando todo lo oxidado que aya en la casa.
      Cabe recalcar que trabajo de lunes a lunes durante 3 semanas y fines de semanas seguidos ya que solo libro un fin de semana al mes.
      Mi sueldo de domingo 9pm a sabado 9am es de 900€ y fines de semana por sabado y domingo recibo 50€ en total 1050 al mes y sinceramente estoy agradecida de tener un trabajo, pero creo yo que hablando las cosas y sobre todo respetando en la forma de hablar es mejor. (ya que ella me alzó la voz mas de una vez) y para no ser la mala me dice que si me hablaba asi es porque me hablaba como a una hija. (cubriendo asi sus gritos)
      Que debo hacer? Esta bien lo que sucedió? Desde hace dos dias me duele hasta el estomago de lo incomoda que ahora me siento, no con la persona que cuido, sino con esta sobrina.

      1. Hola, Sofía:

        En primer lugar, debes saber que tienes derecho a un descanso semanal de 36 horas consecutivas. Lo correcto sería que descansaras desde el sábado a las 09:00 horas hasta el domingo a las 21:00 horas. En segundo lugar, estás cobrando por debajo del salario mínimo, que es de 1056,77 euros netos para el año 2021. Es importante que revises tu contrato laboral y hables con tu empleadora para comentar estos puntos, pues no se respetan estos mínimos.

        Tus tareas deben desarrollarse dentro del domicilio, es decir, limpieza del hogar y cuidado de la persona mayor. Las tareas de limpieza que realices dentro del domicilio debes pactarlas con tu empleadora. Por tanto, la limpieza de la terraza de la comunidad de vecinos no está incluida dentro de tus tareas pues tu trabajo debe realizarse en el domicilio de la persona a cuidar.

        Gracias por comentar nuestro blog.

    51. Buenos días, trabajo cuidando una señora desde hace 5 años. Cuando empecé eran ella y su marido y solo hacía 3 horas para ayudar con la limpieza, el Sr. murió hace 2 años y hace 1 año que la señora se cayó y me ofrecieron trabajar de interna con ella ya que se hizo muy dependiente. Hay un hijo de 60 años que vive con ella pero no se hace cargo y siempre está encerrado en su habitación, cuando empecé cuidando a la pareja pregunté si yo debía hacerle de cuidadora a su hijo también y me dijeron que no él se hace su comida y se compra sus cosas. Hace unos meses que la señora me dice que debo de limpiar el cuarto de su hijo y cambiar sábanas porque ella antes lo hacía y ya no puede (yo creo que no me corresponde) por medio de una agencia me hicieron un contrato de interna pero mi contrato aparece como empleada doméstica y yo soy cuidadora tengo título. Está todo correcto me pagan 1056,77 euros con mis fines de semana libres. La cuestión es que las empleadas de hogar no tenemos derecho a paro y no sé si como cuidadora tendría más beneficios pues si la sra. falta a mi me gustaría estar cubierta de alguna manera. Gracias de antemano.

      1. Hola, Lucía:

        En principio, tu cometido es cuidar de la señora que es la persona dependiente. En cuanto a su hijo, te recomiendo que le preguntes a tu agencia para comprobar si se ha estipulado por contrato que también debes realizar sus tareas. En cuanto al contrato laboral, es correcto que no cotizas para desempleo, igualmente, te recomiendo que hables con tu agencia para que te asesoren en este sentido.

        Muchas gracias por comentar nuestro blog.

    52. Buenas mi mujer es cuidadora y con contrato de 16horas,el cas es que salen por el garaje,en una de esas salidas o entradas mi mujer no se dio cuenta que estaba el cerrojo del garaje puesto y se rompió,la dueña le dijo que no se preocupara,pero ahora le dice que quien va ha pagar el cerrojo,mi pregunta ¿tiene mi mujer que pagarlo?yo creo que no,fue un accidente,contesten me porfavor,a paso ayer día 14 de abril.Gracias.

      1. Hola, Francisco Javier:

        Por lo que comentas, tu mujer rompió la cerradura accidentalmente, es decir, no lo hizo de manera voluntaria o deliberada para ocasionar un daño. Por tanto, tu mujer no tiene obligación de pagar el desperfecto.

        Un saludo.

    53. Me ofrecieron un trabajo para cuidar una Sra. seria de lunes a lunes, los fines de semana desde el sábado a mediodía hasta el lunes a la mañana y los demás días de noche, me tienen que dar francos?además tengo entendido que más de 48horas semanales no se puede trabajar, el resto me lo tienen que pagar extra?gracias

      1. Hola, María Isabel.

        En primer lugar, debes saber que tienes derecho a descansar 36 horas semanales consecutivas. Si trabajas de lunes a lunes, como comentas, no se cumple tu descanso semanal. Habla con tu empleador.

        Recibe un saludo.

    54. Hola me gustaría saber si la persona mayor va ahora a un centro de día de 10 h a 17 h, se le debe pagar igual a una cuidadora interna, como calcular su salario, porque se ha reducido las horas de cuidado

      1. Hola, Pilar:

        Si la cuidadora tiene un contrato de interna y permanece en el domicilio de 10 a 17 horas realizando otras tareas o, simplemente, realizando horas de presencia, no se puede descontar nada de su nómina.

        Recibe un cordial saludo.

    55. Esas horas no se le exige nada permanece en el domicilio pero porque quiere. En el fondo sería horas de trabajo desde las 9h hasta las 10;h y desde las 17 h hasta las 20.30 h las demás serían presenciales, debería cobrar lo mismo?

      1. Hola, Pilar:

        Sí, las horas de presencia deben compensarse también, ya sean retribuidas como una hora ordinaria o compensadas con tiempo de descanso equivalente.

        Un saludo.

      2. Buenas noches .. Yo soy cuidadora trabajo de lunes a viernes turno noche de 19hs hasta el otro día a las 9hs de la mañana me pagan 24mil por mes esta bien pago??

        1. Hola, Lorena:

          Creo que te has confundido con el salario. Revisa tu contrato laboral y contesta este mensaje con el salario que aparece.

          Quedo a la espera. Saludos.

      1. Hola, Olinda:

        Agradecemos mucho este tipo de comentarios ya que os proporcionamos este tipo de información para facilitaros la vida tanto a los cuidadores y cuidadoras de personas mayores como a familias y personas mayores.

        Recibe un saludo.

    56. Estamos por contratar a una persona para cuidar a mi madre. Esta en cama
      Queremos saber si tenemos tiempo como para probarla antes de ponerla en blanco ya que no la conocemos suficiente.
      Podrias responder al mail por favor

      1. Hola, Cristina:

        Hemos pasado tu consulta al departamento de atención a familias, en breve se pondrán en contacto contigo a través del correo electrónico. Gracias

    57. Hola, por favor alguien me puede comentar como se maneja el plus covid. Me contraton temporal con un ofrecimiento de 250€ plus covid, el contrato duro menos de una semana, me deben pagar el proporcional o la cantidad ofrecida. Gracias

      1. Hola, Made:

        En este caso, debes atender a lo establecido en tu contrato laboral. Lee las cláusulas del contrato para comprobar qué dice al respecto. Nosotros no podemos asesorarte en este sentido.

        Recibe un saludo.

    58. Trabajo cama dentro al cuidado de un adulto mayor. Entre el día lunes a las 8:00 a.m y salgo el viernes a las 8:00p.m
      Mi pregunta sería: ¿Tengo derecho a un descanso durante el día? Hay veces que la señora se duerme a la 1:30 a.m y yo tengo que acompañarla hasta esas horas para que no se sienta sola y me levanto a las 8:00a.m
      Muchas gracias.

      1. Hola, Rut:

        Las cuidadoras internas tenéis derecho a 2 horas libres al día y 36 horas de descanso semanal consecutivo. Si trabajas más de 8 horas al día habla con tu empleadora para que te añada horas extra en tus nóminas, o bien, amplíe las horas de tu contrato laboral.

        Recibe un saludo.

    59. Hola! Tengo una consulta; trabajo en la 4ta categoría, 3 días sin retiro, y rotativos. O sea superan las 48 hs semanales, ya q el paciente tiene Alzheimer y no duerme, por lo tanto, ni yo ni mi compañera descansamos. El sueldo es el básico $28 mil.
      Está bien? O tendrían q pagarme extras?
      Aclaro q como son rotativos los días, sabados y domingos trabajamos.
      Espero su respuesta.
      Muchas gracias.

      1. Hola, Elena:

        Desconozco exactamente la información que nos aportas. Nosotros somos una empresa de asistencia a domicilio para personas mayores y dependientes y estamos ubicados en España, y nos acogemos a la normativa española. Mi consejo es que lo consultes con alguna asociación de tu país, pues te podrán asesorar mejor sobre la normativa que te afecta.

        Recibe un saludo y gracias por comentar nuestro blog.

    60. Hola estoy trabajando como interna quería preguntar: mi horario es de 20:00 de la tarde del domingo hasta el sábado de la siguiente semana a la 13:00 (con derecho a festivos alternados uno si uno no ) . Me levanto a las 8 de la mañana hasta las 10 de la noches más o menos y tengo de lunes a viernes 2 horas de decanso, me encargo de todo lo de la señora ( duchas ,comidas…etc)además de toda la limpieza de la casa ( limpieza polvo ,suelo,persianas,cristales,cocina etc) a todo esto tengo un contrato de 40 horas que pone de lunes a viernes….. y cobro 1.056€ netos los tiempos de descanso y lo que yo hago esta bien ? O estoy haciendo cosas que no me corresponden?

      1. Hola, Panda.

        En primer lugar, las empleadas de hogar internas tenéis derecho a 36 horas de descanso consecutivo. En tu caso no se cumplen, pues tu descanso debería ser desde las 08:00 a.m. del sábado hasta las 20:00 p.m. del domingo. Por otra parte, en tu contrato debe aparecer tu jornada real.

        En cuanto a las labores domésticas debes atender a lo estipulado en el contrato. Nosotros consideramos que las empleadas de hogar internas deben realizar tareas domésticas ligeras para mantener una higiene en el domicilio, pero no realizar tareas en profundidad. Revisa tu contrato y llega a un acuerdo con tu empleadora si es necesario.

        En cuanto a las 2 horas libres de descanso y tu salario neto, es correcto.

        Recibe un saludo.

          1. Hola Daniela,

            El salario por 8 horas al día de lunes a viernes como cuidador de personas mayores es de 1108,33 euros brutos con las 2 pagas extra prorrateadas.

            Saludos.

    61. Una consulta es cierto que las cuidadoras no tenemos derecho a paro ? Mi contrato es empleada del hogar cuidadora 40 horas semanales .

      1. Hola,

        Los cuidadores de personas mayores que estáis contratados como empleados de hogar cotizáis para jubilación y para contingencias comunes y profesionales. No está contemplada la cotización para desempleo. ¡Un saludo y gracias por comentar!

    62. Buenas Noches .
      Mi consulta es la siguiente, estoy al cuidado de una persona mayor y ella está internada en el hospital y la familia me dice que yo me tengo que quedar con ella las noches que pase en el hospital ya que es mi obligación porque tengo un contrato. Mi pregunta es la siguiente ¿ me corresponde cuidar 24 horas al día en el hospital? Yo considero que mi contrato especifica un cuidado domiciliar y no hospitalario.
      Gracias por la respuesta.

      1. Hola Gabriela

        Como bien pone en tu contrato, las cuidadoras de personas mayores se deben desplazar al domicilio y no al hospital. El cuidado en hospital no está contemplado, además no puedes cuidar de una persona mayor durante 24 horas seguidas, sin descanso. Te sugerimos que lo hables con tu empleador. ¡Gracias por comentar y un saludo!

      1. Hola, Patri.

        Durante el periodo de prueba el trabajor tiene que estar de alta en la Seguridad Social y cobrar esos días de trabajo.

        Un saludo.

    63. Pasa también con las cuidadoras, en residencias de adultos mayores,que al internarlos cuando se agravan sus patologías, tener que hacer guardias dobles en las clínicas en otras ciudades, sin que se contemplen las horas de descanso del cuidador,y lamentablemente, no tenemos derechos, porque claramente, son abusos

      1. Hola Alicia, por desgracia es así en muchísimas residencias. Y no olvidemos que las consecuencias las sufren tanto los cuidadores de mayores como las propias personas mayores. Y como bien dices son abusos que no debería sufrir ningún cuidador ni ninguna persona. ¡Un saludo y esperemos que no se sigan dando estas situaciones!

    64. hay una persona cuidando una Abuela de 84 años desde enero de 2021 y resulta que parece que está en embarazo, como debo manejar esta situación

      1. Hola Carmen,
        Debe comunicarle a su empleador su situación de embarazo para que tengan constancia y puedan organizar con tiempo la cobertura de la baja maternal. Además, la cuidadora de mayores que está embarazada deberá solicitar la baja maternal de 16 semanas. Deberá acudir al médico de cabecera para que le expida el parte de baja maternal y después solicitar en el INSS la prestación.
        Saludos.

    65. Hola
      He leído que las asistentes personales no están obligadas a cuidar de la persona dependiente cuando esté ingresada en un hospital. Si es así, no trabaja mientras esté el dependiente ingresado?

      1. Hola,
        Si los cuidadores de mayores están dados de alta en el domicilio de la persona mayor, no tienen porque acudir al hospital. Es decir, deben realizar los cuidados en el domicilio particular.
        ¡Un saludo y esperamos haberte ayudado!

    66. Me gustaría saber Si trabajo 5 días a la semana de interna y al abuelito que yo cuido lo ingresan ¿a quién le toca quedarse en la clínica con el ? ¿Quién tiene que pagar el transporte de trayecto Y la comida por estar en la clínica? gracias

      1. Hola, depende de lo que estipule tu contrato.
        Si el cuidador de mayores está dado de alta en el domicilio de la persona mayor, no tienen porque acudir al hospital. Es decir, deben realizar los cuidados en el domicilio particular.
        En el caso de que en el contrato estipule los cuidados en hospitales, la familia sería la obligada a pagar los costes de trayecto y comida.
        Un saludo

      1. Hola Carmen,
        La Ley de la Seguridad Social no fija un máximo de edad para trabajar, sino que establece mínimos de edad y años de cotización para solicitar la pensión de jubilación.
        En cualquier caso, una cuidadora de personas mayores dejará de trabajar en el momento que sus condiciones físicas no se lo permitan o cuando llegue a la edad mínima de jubilación (67 años) o 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.
        Un saludo.

        1. Hola Alicia, depende del contrato que tengas.
          Si en tu contrato de cuidador de personas mayores pone que estás dado de alta en el domicilio de la persona mayor, no tienes porque acudir al hospital. Es decir, deben realizar los cuidados en el domicilio particular.
          En el caso de que en el contrato estipule los cuidados en hospitales, si que deberias cuidar a la persona dependiente en el hospital.
          Un saludo

    67. En mi opinión el trabajo de cuidado del adulto mayor debe ser exclusivo a las necesidades basuca del mismo pero no cumplir el rol de aseadora del hogar

      1. Hola, en Cuidum luchamos por que el cuidador de personas mayores se limite a las tareas de cuidar a la persona mayor, ofrecerle compañía, supervisar a la persona, asear únicamente a la persona que cuida y unas tareas BÁSICAS de limpieza… Pero lo que no permitimos es que se contrate a un cuidador de personas mayores y se pretenda tener una limpiadora del hogar. Estamos de acuerdo con tu comentario. Gracias por tu aportación

        1. Hola tengo una consulta estoy trabajando de interna tiempo completo pero ahora la señora se va ir a un centro de día de 10:00-17:00 y yo estaría con ella de 17:00-10:00 de la mañana entonces cuál sería mi sueldo ahora , y el contrato como cobro por horas ? Gracias

          1. Hola Daniela,
            Si la familia no te cambia el contrato, el salario sería el mismo ya que estarías como cuidador de personas mayores de forma interna en el domicilio. Y estarías haciendo otras labores u horas de presencia.
            Si la familia te reduce la jornada, el salario sería el correspondiente a las horas de tu nuevo contrato.
            Saludos.

            1. hola , mi consulta es si la familia me cambia de contrato ya no sería de interna sino de 17:00 de la tarde 10:00 de la mañana día siguiente entonces sería contrato de 17horas ? Gracais por contestarme Antes

            2. Hola Daniela,

              En principio se trataría de un contrato de externa de noches de 40 horas semanales de cuidadora de personas mayores, no de 17 horas como comentas. Sin embargo, este cambio de contrato no es legal porque no se cumple con el descanso mínimo entre jornadas de 12 horas.

              Habla con la familia para comentárselo.

              Saludos.

        2. Soy cuidadora ; trabajo 60 hs semanales; cobro x hs y empece cuidando a la sra y ahora cuido dos personas y este mes de stiembre tiene que aumentarme y quisieea saber cuanto se esta pagando ls h yo estoy en blanco y en la tabla con el aumento que se dio en junio de pagar en tres veces dice con retiro 279 $ ; lo cual ahora nos paga 150 la hs desde diciembre del 2020 ; en pandemia nos pagaba 125 la hs cuando estaba 191$ ars en la tabla ; si ella no quiere pagar como corresponde que debo hacer ???

    68. Hola, qué tal muy bueno me gusta ayudar a los adultos mayores porque son como un bb y por ende es importante que esa persona se sienta bien segura con quien va a estar todo el día.
      Saludos desde San José Costa Rica.

      1. Hola, nos alegramos mucho de que te guste ayudar a los adultos mayores. Pero una cosa muy importante, es que los cuidadores de adultos mayores no deben caer en el error infantilizar a las personas mayores, hay que tratarlas de una forma muy diferente que a los bebés. Como bien dices hay que tratarlas muy bien y con mucho amor y respeto. ¡Muchas gracias por comentar!

    69. Hola mi consulta es la siguiente , voy a trabajar de 17:00 tarde hasta las 9:00-9:30 día siguiente de lunes a viernes quería saber que contrato sería de 17horas , el de 20h? Y también me piden aparte el domingo entrar a las 8:00 de la noche y salir lo mismo a las 9:00 -9:30 estas horas son aparte ? O podrían juntarme estas 13 h con las 17 y hacerme un contrato de 30h ? Gracias

      1. Hola Daniela,

        En principio se trataría de un contrato de externa de noches de 40 horas semanales, no de 17 horas como comentas. Sin embargo, este cambio de contrato no es legal porque no se cumple con el descanso mínimo entre jornadas de 12 horas. ¿El descanso consecutivo de fin de semana es desde el sábado 09h hasta el domingo 20h? Deberías entrar el domingo a las 21h para que se respete tu descanso de 36 horas semanales consecutivas.

        Habla con la familia para comentárselo.

        Saludos.

    70. Hola, consulta, soy cuidadora y llevarán a casa de reposo permanente , es recomendable que me interne por 3 días con mi abuelita por adaptacion, o no debo ir con ella a la casa de reposo? Gracias por la respuesta, abrazos coordiales

      1. Hola Amparo, lo que nos comentas va a depender mucho del paciente, de los cuidados que requiera y del tiempo que disponga la familia del paciente para atenderla. Lo más recomendable es que hables con la familia del paciente y lleguéis a un acuerdo, no obstante nosotros siempre somos partidarios de que un cuidador de personas mayores tenga un tiempo de adaptación, ya que puede ser muy beneficioso para el paciente.

    71. Buenas noches, me llamo Sara , mi pregunta es la siguiente.
      el día 24 de junio se considera festivo recuperable. Yo ese día trabajé con normalidad.
      ¿Me corresponde cobrar ese día aparte como festivo ?.
      O de lo contrario se considera un día normal de trabajo
      Un saludo y gracias por vuestra respuesta.

      1. Buenas Sara,
        Al ser un día festivo recuperable, no tienes porqué cobrar un extra puesto que si lo librabas, debías de recuperarlo. Aunque siempre es recomendable que lo decidáis entre la cuidadora de adultos mayores y la familia, para que no haya malos entendidos.
        Recibe un saludo

    72. Hola soy Maria cuido una señora 24hs de lunes a sábado medio dia,,mi contrato es por 8 hs,con 9 de descanso nocturno el cual nose cumple porq yo estoy pendiente de la señora que cuido ,,ella va al baño,,pero tengo q acompañarla ayudarla,,ya q es una señora con sobre peso,usa andador,,tiene problemas en sus rodillas,asique entre, cuatro,tres o dos veces la llevo al baño de noche,,el cual mi descanso no es continuó, y no se cumple,, en el dia la acompañó, hago todo ,,aparte de llevar adelante la casa,,limpieza,,orden,,cuentas q pagar etc,, etc y las tres horas q se debería descansar de tarde tampoco se cumplen,,por el tema q tengo q estar atenta a ella,como toma diurético va mas seguido al baño,, ahora yo solicite irme el viernes ala noche,,y volver el domingo,,porq mis días de franco no se estaban cumpliendo,,me pregunta mas es,,esas horas que quedan dando vuelta ,,que en la suma me da asi
      Sumo las 8 horas de trabajo mas las 9 horas de descanso (q no se cumplen)
      Me da 17,si el dia tiene 24 hs quedan 7 horas dando vueltas,,
      Y de esas 7 horas que quedan dando vueltas,,si pudiera y me tomara dos horas de descanso aun asi quedan 5 horas dando vuelta que ala semana son 30 hs,,
      Mi dia todos los días empiezan alas 7,30 y hasta las 22,30 que es la última ves que va al baño son 15 horas que estoy a full,,
      No se si me explique,, mi contrato es por 8 horas de trabajo,,las cuales don muchas mas

      1. Buenas María,

        Tu jornada de trabajo como cuidadora de adultos mayores debe de ser de 40 horas semanales en total (tiempo de trabajo) siempre respetando los descansos legales que te corresponden, es decir, 12 horas entre jornadas, 36 horas semanales y dos horas diarias para comer y cenar. Muchas gracias por comentar y un saludo

    73. Hola, quería saber si trabajando de interna estoy obligada a cocinar para otra persona de la familia ? También quería comentar que estoy trabajando de interna pero los fines de semana libro y viene un familiar y también tengo mi habitación pero hasta ahora el familiar dormía en su habitación ahora me dicen que van a dormir en mi cama ? No se y también me piden cocinarles ? Solo pregunto si es correcto Gracias

      1. Hola Daniela. Puesto que la ley no dice nada al respecto de cocinar a otros familiares, eso va a depender de lo que marque tu contrato de trabajo y las tareas que pautasteis al inicio del servicio. En estos casos lo mejor es que hablen entre la cuidadora de adultos mayores y la familia para dejar pautadas las tareas que se deben realizar.

        Un saludo

    74. Hola buenas noches. Empecé a trabajar diciembre del 2020, y hoy 1/7/21 notifique a la familia que no podía continuar trabajando con la familia. Quieren que trabaje por 15 días más, mi entras encuentran otra cuidadora y así lo acepto. La pregunta es: 1) como me corresponde mi pago final y a que tengo derecho de pago final por vacaciones y todos los meses trabajados.
      2) debo seguir aceptando malos tratos y abusos de parte de la persona que cuido para obligarme a trabajar esos 15 días.????

      1. Buenas,

        En primer lugar informarte que, las vacaciones que no hayas disfrutado en el año 2021, te las tendrán que liquidar en la última nómina. Se generan 2,5 días por cada mes que trabajas.
        Por otro lado, el preaviso dependerá de tu contrato. Es decir, en el contrato de trabajo de cuidadora de adultos mayores estará reflejado el tiempo de preaviso que debes de dar antes de finalizar el servicio.
        Recibe un saludo

      1. ¡Hola Lorena! Hay un gran número de organismos tanto públicos como privados que ofertan cursos para ser cuidadora de adultos mayores. Te recomendamos que te informes en diversos lugares y en función de tus necesidades escojas el que más se adapte a ti. Puedes preguntar en algún instituto cercano a tu domicilio, realizar una búsqueda por internet, preguntar en el organismo autonómico de tu comunidad autónoma, ir a centros de formación cercanos a tu domicilio. ¡Un saludo y que vaya bien!

    75. Mil gracias por el buen tema presentado aqui. Dado el caso que siempre nos cargan de funciones fuera y dentro de casa que no nos corresponde. Cuidar 24 horas en un hospital y atender familia numerosa cuando nos contratan para una sola.

      Gracias

      1. Hola Sara, por desgracia en muchas ocasiones es como tu dices. Pero por eso nació Cuidum, para luchar contra las desiguadades, la cuidadora de adultos mayores debe tener sus tareas muy bien definidas. Un saludo y gracias por tus palabras

    76. Hola. Tengo a mi madre internada en el hospital por una caida, y la cuidadora habitual en su casa se niega a ir al hospital por tener lupus.
      La consulta es si puede negarse, si se lo debo descontar los dia no trabajados o se los debo canjear por dias de vacaciones.
      Gracias

      1. Buenas Jorge
        Efectivamente la cuidadora de adultos mayores está contratada como empleada de hogar y por tanto no esta obligada a prestar servicio en el hospital salvo que estuviera previamente indicado en el contrato.
        Respecto a los días, deberás hablar con ella para ver ya que al ser un “cambio de circunstancias” que ella no ha elegido, no se puede descontar de nómina o exigir su devolución horaria. Por ello, lo recomendable es acordar días de vacaciones o similar.
        Un saludo

    77. Tengo mucho interés en desempeñarme cuidando señores o señoras de la tercera edad con un horario despues de las 6:00 p.m – 10:00 p.m. o más, ya que tengo mucho tiempo desocupada.

      1. Hola Silvia si eres cuidadora de adultos mayores puedes registrarte en nuestra bolsa de trabajo https://www.cuidum.com/registro y apuntate en todas las ofertas que te intéresen https://www.cuidum.com/todas-las-ofertas . Los requisitos son los siguientes:
        -Contar con experiencia demostrable como cuidador/a en España.
        -Disponer de documentación en regla para trabajar en España.
        -Tener vocación por el cuidado de las personas mayores

        Un saludo

    78. Que pasa si me prohíbe bañarme , usar la lavadora , usar la luz ,hablar por teléfono después de haber terminado mis labores en horario que yo me voy a acostar ???.

      1. Hola Rosa, una cuidadora de adultos mayores después de terminar su jornada laboral puede disfrutar de un descanso. Un saludo

    79. Yo llevo 7 meses cuidando a una señora de 90 años,todos los sábados de 9de la mañana al domingo a las 9de la noche.
      Y mi empresa o bo lecer ni me lo paga ,ni me lo cotiza,ni nada,como si no existiese.y después de 7 meses de quejarme el otro día que le pedí explicaciones me despidió.. ya ve la relación tan cordial de los jefes con sus empleados.

    80. Buenas tardes ,mi consulta es que trabajo en negro 12 hs diarias, 4 días a la semana el cual incluye sábado, domingo y feriados, los cuales no me pagan doble .Aún no me tomé vacaciones y ni me hablaron de eso . Me pagaron el año pasado el aguinaldo y este año también. Entre a trabajar para atender a una persona lo cual ahora atiendo a dos. De las 12 hs diarias cuánto sería mi tiempo de descanso ?.
      Me deben conceder las vacaciones ? Cuántos días me tocan en un año !?
      Me tienen que pagar plus por los sab, dom, y feriados ? Es obligación que trabaje todos los feriados ? O tengo derecho a tomarme el día feriado .me lo tienen que pagar igual !?

      1. Hola Rosa, si trabajas en negro como comentas, no tendrás contrato laboral donde se especifique las condiciones de tu contrato. Lo primero que debe hacer la familia es darte de alta en la Seguridad Social y hacerte un contrato laboral con todas las condiciones. En segundo lugar, generas derecho a 2,5 días de vacaciones por cada mes trabajado. Si trabajas como cuidadodora interna, dispones de un descanso de 36 horas consecutivas que normalmente deben coincidir sábado y domingo, salvo pacto en contrato. En cuanto a los festivos, deben pagártelos como un extra en tu salario, o bien, compensarte con descanso equivalente otro día que no sea festivo. Saludos.

    81. Buenas estoy trabajando con un señor con demencia se altera y se pone violento al nivel que me dio dos cabezazos en la boca y me la reventó ,yo no tengo papeles y entre a este trabajo y les pregunte que si ellos podían hacerme y me dijeron que si pues me dijeron que averiguara y ya después me dijeron que era el empadronamiento que ellos me iban a dar y eso no era el trato ,ahora tengo seis meses de trabajar tres años de estar en España y quiero saber que puedo hacer si conseguir otro empleo o exigir mis derechos como empleada que auque sea inmigrante no tengo medias pagas ni festivos ni vacaciones ,gracias

      1. Hola Elena, tu situación es delicada. Te aconsejo que te informes en alguna asociación en la que puedan ayudarte en el proceso. Un saludo.

    82. Tengo dudas. Me hicieron contrato como empleada de hogar interna. Pero soy cuidadora. Ahora me piden que vaya al hospital sabiendo quw no voy a dormir. Y no es lo acordado.
      Me puedo negar obviamente a ir verdad?. O proponer auw .e paguen eso aparte. Aunque no parezca bien porque voy a tener el día libre. Cosa en la que discrepo porque tendré que pasar el día durmiendo. Y no entraba en mis planes pasar la noche sentada. Con pbmas de espalda. Como planteo esto?

      1. Hola Elena, digamos que en el contrato pone que el domicilio de la actividad es el domicilio de las personas mayores, y no un hospital. Coméntales esto a la familia, pues únicamente estás cubierta en el domicilio particular y, además, sufres de problemas de espalda. De igual manera, todo es llegar a un acuerdo. Un saludo.

    83. Trabajo de cuidadora interna en una casa 7 días a la semana. Estoy cuidando a dos personas mayores de 90 y 92 años , esta última con Alzheimer. No tengo días libres y me pagan 1500 € al mes.
      Por otro lado en mi contrato de trabajo figura 20 h de trabajo a la semana y un sueldo de 735 € / mes.
      No me importa estar trabajando los 7 días a la semana , pero si acepto trabajar 7 días semanales me gustaría saber cuál sería mi sueldo real . O si me tendrían que hacer 2 contratos de trabajo , uno de lunes a viernes y otro para sábado y domingo. Gracias

      1. Hola María, en primer lugar debes descansar 36 horas consecutivas a la semana. No podemos darte información del salario que deberías cobrar porque el contrato no es correcto y tu situación es irregular. Habla con la familia, que te cambie el contrato a 40 horas y cotice por ti 40 horas a la semana y no 20 horas. Un saludo.

    84. Q se cobra x 6 hs de lunes a viernes más 4 hs los sábados,para atención de 2 personas mayores,???
      Con todos los quehaceres domésticos???

      1. Hola Mercedes. El salario de una cuidadora externa que trabaje 34 horas semanales es de 956,96 euros brtuos en 12 pagas. Saludos.

    85. Valorable informe.
      Trabajo con Cuidum desde el 2019 y no he tenido situaciones engorrosas.
      Si las hubiere soy consciente que el departamento de mediación está capacitado para resolverlos

          1. Hola Coraima, muchas gracias por tu interés en trabajar a través de Cuidum. Para poder trabajar con nosotros debes apuntarte a las ofertas de empleo que publicamos en nuestra web. Aquí tienes el enlace para consultar las ofertas disponibles por provincia: https://www.cuidum.com/todas-las-ofertas
            Puedes inscribirte a todas las ofertas que te interesen. Un saludo y mucha suerte.

    86. Hola no soy cuidadora solo acompaño a una persona mayor sola mas de 10 años que la conozco desde hace unos meses aparecio la familia y estan hablando de que me e quedado con cosas lo cual no es cierto quiero dejar de ir a verla para no tener problemas pero me da pena le doy desayuno, le llevo almuerzo le compro lo que necesito le pago la luz y hasta hace poco el telefono con mi dinero, ella le dijo a un sobrino que me da plata y me complique porque se la da a un amigo que tiene que me aconceja perdone usted no me conoce y se que sera imparcial ella no esta postrada tiene su mente buena 90 añospero vive sola y la familia va como dice ella para ver si murio eso gracias

      1. Hola María, sí eres cuidadora, haces las funciones de una cuidadora de personas mayores (excepto paga la luz y el teléfono). En tu caso particular, poco puedes hacer porque es una decisión familiar. Habla con los familiares para ver si entran en razón. Como bien dices, nosotros seremos imparciales en este tipo de cuestiones, lo mejor es que hables con la familia. Un saludo.

    87. Hola buenas tardes,soy una cuidadora de un señor mi problema es que el se fue de viaje y no me dijo cuando regresa quiero saber si el tiempo que el no está me lo deben de pagar el no me contesta para yo preguntarle,en la casa yo hago todos los oficios estoy con el de lunes a viernes ;salgo el viernes en la tarde y vuelvo el lunes

      1. Hola Carmen Alicia, sí te lo deben de pagar pues estás todavía prestando servicio en la casa haciendo las laborales, por tanto, es tiempo de trabajo y tiempo que debe pagarse. Cosa distinta sería que tú aprovecharas el viaje del señor para disfrutar de tus vacaciones por tu cuenta. Pero si has estado haciendo las labores, este tiempo te lo deben de pagar. Saludos.

      1. Hola Rosalina, si quieres trabajar como cuidadora de personas mayores a través de Cuidum, debes acceder a este enlace, buscar tu provincia e inscribirte en las ofertas que te interesen: https://www.cuidum.com/cuidadora Si tu perfil encaja con alguna oferta te llamarán desde recursos humanos. Gracias y suerte.

      1. Hola Viviana, no entiendo muy bien tu pregunta. ¿Quieres decir que no hay sillón dentro de su habitación para que puedas hacer vigilia? Saludos.

    88. Hola a mi me pagan 16mil pesos al mes cuidando 11 o más personas mayores en un hogar xq no me pagan lo que me corresponde aparte de eso limpio dobló ropa lavó ropa y no tengo día libre para hacerme el pap me dan 1 día libre y al otro día tengo que trabajar 12 horas alguien me lo puede explicar xq mi patrona no me da explicación xq dice q soy nueva

      1. Hola Virginia, ¿en qué país estás trabajando actualmente? Nosotros somos una empresa española y conocemos la ley española. Queadamos a la espera de tu respuesta. Saludos.

    89. Hola buenas quería saber la persona a mi cargo tiene. Demencia senil y ella es muy agresiva me coge del pelo me pega puñetazos es posible tratar esto con normalidad y que se quede así he hablado con los hijos y le he dicho que de ser posible que le ajustaran el medicamento pero no lo an hecho no se si como trabajadora esto se puede permitir

      1. Hola Rosario, lamentamos leer tu comentario. La única solución posible es que sigas insistiendo a la familia y les hagas comprender la situación de la señora. Seguro que pronto encontráis una situación favorable para todos. Un saludo.

    90. Hola trabajo cuatro dias a la Semana interna, desde el Viernes hasta el Martes.. desde las ocho de la mañana hasta las 12 de la noche…Corresponde dos horas de reposo en el dia..????

      1. Hola Inés, a todas las cuidadoras internas les corresponde un descanso de 2 horas libres al día, aunque no trabajen toda la semana completa. Saludos.

    91. Hola. Buenos días. Mi pregunta es la siguiente. Soy empleada de hogar de una persona mayor. 40 h semanales de lunes a sábado. Cuando los hijos vienen de vacaciones aveces me dicen que no llegue 2 horas por la tarde, y quieren que siempre se las reponga como extras cada que me llaman. Además de eso, vienen 3 adultos y 3 niños los cuales me toca hacerle camas, comida, planchar y lavarle a todos. Esto es legal? Gracias. Sin contar que mi vacaciones 15 días me los reparten. Lunes vacaciones, martes trabajabas, miércoles vacaciones. Y así. Día de por medio en todo el año

      1. Hola Erika.Te explico por puntos: 1) Las 2 horas libres diarias NO se pueden realizar posteriormente como horas extra. Las 2 horas libres es un derecho que tiene como cuidadora interna. NO pueden compensarse como horas extra para la familia. 2) El cuidado de toda la familia no es que sea ilegal, pero lo que sí deberían pagarte es un plus extra durante las vacaciones de la familia en la casa. Es decir, tu contrato es para el cuidado de una persona mayor, no es para el cuidado de toda la familia. Si te piden que lo hagas pues solicita un plus extra ese mes porque es una tarea que no te corresponde. 3) Los 30 días de vacaciones, 15 días los elige la familia y los otros 15 días los elige la cuidadora. Si los 30 días los eligen ellos no es correcto, pues 15 días debes elegirlos tú. Un saludo y suerte.

    92. Hola trabajo de cuidadora los sábados y domingos cama adentro si el señor que cuido viaja o los familiares deciden llevarlo un fin de semana corresponde que me abonen igual o no? Aclaro estoy en negro

      1. Hola Sabrina, como no tienes contrato de trabajo no hay nada establecido en este sentido. Normalmente, cuando una familia solicita a la cuidadora realizar su servicio en otro domicilio, ambas partes deben estar conformes con ello. Deberás pactarlo con la familia y si tú consideras que deben aumentarte el sueldo por traslado a otro domicilio, habla con tu empleador. Un saludo.

    93. Hola tengo. Una llevo una semana con la persona que cuido y solo me.dan 4 horas al día para comer y mi haceo personal ; también no me Dan dinero para la comida en el hospital llevo una semana poniéndolo de mi dinero eso está bien o le corresponde a ellos cubrirlo ?

      1. Hola Rosario, cuando se trata de cuidar personas mayores en hospitales debes pactarlo con la familia. ¿Cuántas horas trabajas en el hospital? Si trabajas a tiempo parcial unas horas al día, las comidas principales corren a cuenta del trabajador. Puedes llevarte la comida de casa, por ejemplo. De todas formas, debes llegar a un acuerdo con la familia. Saludos.

        1. Hola yo trabajo de lunes a lunes y me dan dos domingos en el mes trabajo 5 horas feriado no feriado y me pagan veinti un mil cuatrocientos y no me ponen en blanco ya hace 9 meses que estoy gracias

    94. Hola, yo estoy contratada como empleada de hogar ( 20 horas a la semana), por lo que me ocupo de toda la limpieza de la casa, plancha, recojo todo lo de la familia de 4 personas, uno de los miembros de la familia es discapacitado grado |||, por lo que también me ocupo de su higiene diaria, le doy el desayuno, tengo que ducharlo una vez por semana, curarle úlceras, etc. Aparte de que me dan responsabilidades como tener cuidado en los animales de la casa cuando llueve y cosas asi. Mi pregunta es si hago dos trabajos al mismo tiempo debo cobrar más ? Debería tener dos contratos diferentes?

      1. Buenas Irene, no, no se contempla aumento de salario legales por aumento de tareas o cuidar a más de una persona en el domicilio. Otra cuestión es que tu, quieras de forma particular solicitar a tu empleadora una subida salarial, en ese caso siempre podrás hacerlo. Saludos.

      2. Si eres empleada de hogar no tienes que cuidar a ninguna persona solo limpiar planchar etc pero no cuidar a nadie ni sacar a sus mascotas ya que no estás de cuidadora sino de limpiezas.

    95. Hola como están, me encantaría trabajar cuidando adultos mayores, el problema que habría es que vivo en Perú, yo no tendría ningún problema en viajar a España tengo pasaporte por que he viajado a Europa, aquí en Perú he estudiado un curso de geriatría y he trabajado en una casa de reposo aquí en lima Perú, si están interesados por favor me contactan a mi correo electrónico o a mi whatsapp, gracias.

      1. Hola María, muchas gracias por tu interés en trabajar a través de Cuidum. Te comento que para que puedas apuntarte y trabajar en Cuidum, tienes que estar presencialmente en España. En el registro se te pide un teléfono de contacto de España para poder contactarte dentro de la península y, además, uno de los requisitos es que tengas experiencia cuidando a personas mayores en España. Nuestro equipo de Recursos humanos verifica que tengas esa experiencia, pide referencias… Además, se necesita documentación legal para trabajar aquí. Lo siento, ¡espero que tengas mucha suerte! Un saludo.

    96. Hola buenas noches me llamo Enza me gustaria saber como hago para enviar mi cv a ustedes , actualmente trabajo de interna , y me gustaria cambiarme a externa gracias.

      1. Hola Enza, muchas gracias por tu interés en trabajar a través de Cuidum. Para poder trabajar con nosotros debes apuntarte a las ofertas de empleo que publicamos en nuestra web.
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    97. Hola me Llamo Enza , me gustaria saber a como estan pagando los dias festivos? Como le dije en el comentario anterior yo trabajo de interna tengo papeles , y me gustaria saber como puedo enviar el cv? Y si es cierto que cuando yo quiera retirarme del trabajo porque haya conseguido otro tengo que anticiparlo 20 dias antes?

      1. Buenas Enza, a la cuestión de con cuánto tiempo debe avisar al dejar su trabajo, dependerá de lo que estipule tu contrato de trabajo. Saludos.

      1. Hola Rosa, muchas gracias por tu comentario. Esperamos te haya sido de mucha ayuda nuestro post sobre los límites de las tareas de un cuidador de ancianos. Un saludo.

    98. Tenemos una cuidadora interna para atender a mi padre, una persona mayor de 87 años que vive sola. Trabaja de domingo desde las 21:00 hasta el sábado a las 9:00. A mi padre lo han ingresado en el hospital y nos gustaría saber que pasa con la cuidadora o persona interna en estos casos, ¿se queda la interna en la casa, aunque no haya nadie de la familia en ella? Ella dice que aunque mi padre esté ingresado y la casa esté sola, tiene derecho a quedarse en ella. Pero nos resulta algo extraño y quisiéramos que nos asesorasen. En cuanto a los cuidados hospitalarios, le hemos propuesto hacer las noches entre semana, es decir de lunes a viernes de 20:00 a 8:00. ¿Entraría dentro de sus funciones? ¿Tendríamos que darle un dinero extra? ¿Cuánto le correspondería? ¿Se pueden acordar estas cuestiones y establecerlas por contrato?

      1. Hola Francisca, ante tu cuestión relacionada con las tareas de una cuidadora de ancianos, te comento que puede quedarse en el domicilio sin problema ya que al ser interna, se comprende que es su lugar de residencia habitual. Igualmente, si no hay nadie en el domicilio, si lo preferís, podéis decirle que durante esos días concretos se marche.
        Por otro lado, ella puede prestar servicios en el hospital, siempre y cuando se haya pautado en el contrato, o, si se acuerda con la trabajadora. Tener en cuenta que la jornada que realice en el hospital deberá de ser la misma que en el contrato (entiendo que 8 horas al día). No es necesario darle un dinero extra salvo que sea para cubrir posibles gastos que le pueda suponer estar en el hospital (manutención, gastos de transporte etc).
        Un saludo.

    99. Me gustaría pertenecer a su empresa
      Me dedico al cuidado de mayores
      Tengo experiencia, he tratado con personas con esclerosis múltiples azehimer cáncer hitus entre otros cuento con carta de recomendación y ganas de continuar ayudando a las personas nesecidassoy amable y cariñosa y muy paciente

      1. Hola Alejandrina, muchas gracias por tu interés en trabajar a través de Cuidum. Para poder trabajar con nosotros debes apuntarte a las ofertas de empleo que publicamos en nuestra web. Aquí tienes el enlace para consultar las ofertas disponibles por provincia: https://www.cuidum.com/todas-las-ofertas
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        ¡Un saludo y mucha suerte!

    100. hola buenas noches, me llamo francisco, soi de Barcelona España, tengo 32 años, busco una cuidadora una chica joven, para los sábados por las tardes, que sepa cambiar pañales i limpiar, que entienda mis problemas i me ayude, ok gracias espero recibir su mensaje.

      1. Hola María, depende de las horas semanales que realices. Los empleadores te deben abonar mínimo el salario mínimo interprofesional para las horas semanales que realices, nunca por debajo. Un saludo.

      2. Hola como le comenté me llamo América y cuido a dos abuelos dependientes los tengo que bañar diariamente a los dos atender sus necesidades diarias medicación una es diabetica y utiliza insulina trabajo 7 horas diarias a la semana
        soy externa me pagan 800 euros al mes quisiera saber cuanto debería ganar

        1. Buenas América, para poder darte un mejor asesoramiento necesitamos saber las horas semanales que realizas , es decir, 7 días por cuantos días semanales. Saludos

    101. Mi pregunté es yo cuido a una persona de 90 años pero también hago la limpieza de todo pido turno la llevo al médico busco las receta compro los medicamento esta señora no duerme bien en la noche me levanto 8:30 de la mañana pero no tengo un horario por la noche ,y me pagan como cuidadora en este coso como debo cobrar

    102. Vivo con una señora mayor lo vuido lo ducho lo estoy vistiendo hago limpieza por toda la casa hago compras desayuno comida cena lavo plancho hago todo duermo también 6 días a la semana cuanto debo de cobrar

      1. Hola Mariana, el salario va en función de las horas semanales de trabajo que realices, no de las tareas, si nos das más información podremos asesorarte. Un saludo

    103. Buenas tardes, ¿la cuidadora debe dar diariamente masajes en las piernas y pies para activar la circulación así como poner cremas hidratantes o antiinflamatorias?
      Gracias,
      Saludos,

      1. Hola Analia, muchas gracias por tu interés en trabajar a través de Cuidum.
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        ¡Un saludo y mucha suerte!

    104. buenas soy cuidadora externa y resulta que mi usuario se va de vacaciones, mi pregunta es si mi empresa me puede mandar a hacer las horas que no hago con mi usuario a otra casa con otro usuario distinto para recuperar esas horas, o si sería mejor recuperarlas cuando vuelva mi usuario echando mas horas, gracias

      1. Buenas Daniel, no puede obligarte a ir a otro domicilio donde el usuario (o empleador) no esté residiendo, deberás acordar con tu empleador como compensar ese tiempo de trabajo. Saludos.

    105. Hola buenos días, mi inquietud es… Yo trabajo en una empresa de cuidadosde personas, en sanatorio o domicilio,, estoy cuidando a una persona en sanatorio con tuberculosis, x 8h quiero saber si puedo negarme a ese cuidado, o estoy obliga a estar con la persona y asistirlo, estoy usando el kit de aislamiento,, pero si resultó contagiada 🤷🏼‍♀️ya que es muy contagioso y los bacílos, permanecen flotando x mucho tiempo, gracias 🙋‍♀️

      1. ¡Hola Susana! Entendemos tu confusión pero los límites en las tareas de un cuidador o una cuidadora debes hablarlo con la empresa directamente que trabajas. Un saludo!

    106. Buen día señores, mi duda es, yo trabajo cuidando a un mayor de 9 pm a 10 am con aseo personal cena. desayuno y asistencia de noche, durante 5 días días semana .ahora está hospitalizado y tengo que hace ese horario en el hospital, pregunto, ¿me tienen que pagar algún plus por transporte, y riesgo de contraer algo y que no s duerme por las condiciones del mayor exige más atención y cuidado gracias por la atención.

      1. Buenas Pacha! Deberás de revisar lo estipulado en el contrato y, ver si en el mismo se ha incluido la prestación de servicios en el hospital. En caso contrario, no tienes obligación de acudir al mismo puesto que no es tu centro de trabajo habitual. Un saludo!

    107. Buenos tardes, mi duda es yo trabajo en turno de noche cuidando una persona mayor, ella se duerme a las 11 y media pm, entonces de día me han dejado la limpieza de la casa, lavado y planchado. no puedo dormir de día es muy difícil no es igual,estoy de lunes a viernes, pero no me pagan días feriados. Que debería hacer en ese caso porque no descanso mucho.

      1. Lo ideal seria hablar con la familia, para ver la solución. Tiene que ser beneficiosa para las dos partes en la cual tu puedas descansar y la persona mayor sea atendida en todo momento con calidad y seguridad.

    108. Buenos días!agradezco de antemano su comentario tengo una duda…es tarea de una cuidador@llevar a chequeos y revisiones médicas constantes a hospitales y centro de salud …mi caso el otro día lleve a la señora a una gammagrafía su cita a 8:30 de la mañana como la tuvieron que inyectar medicina nuclear y firmar consentimiento y demás se quedo aislada en un cuarto y me advirtieron que durante dos días estuviera a 2metros de distancia de ella…pero fue así ya q la señora es dependiente de mi ..tiene movilidad reducida…el caso me quedé hasta la 14:00 esperando porque estuvo en observación gracias por su respuesta un saludo.

      1. Hola Norma, en situaciones particulares como la que viviste, con un período de aislamiento y observación extenso, puede ser útil comunicarse con el personal médico para informar sobre la dependencia de la persona a tu cuidado y discutir posibles soluciones. Planificar el tiempo y explorar opciones de apoyo adicional para los chequeos y revisiones médicas, tus tareas como cuidador envuelven al cuidado de la persona mayor.

    109. Buenas tardes, mi padre tiene 84años, y tiene varias enfermedades.vive con mi hermana, ella tiene alhceimer, su marido tiene una gran minusvalía, una pierna cortada.tambien reside en la vivienda, una niña de 10 años y su padre que trabaja todo el día y llega a casa por la noche.me tienen prohibido hablar con mi padre por teléfono, yo no puedo visitarlo porque vivo en otra ciudad.no se nada de mi padre, y estoy segura de que mi padre no está bien cuidado.que puedo hacer.yo estoy dispuesta a cuidar a mi padre.ademas mi padre duerme en el sofá del salón.creo que eso no es lo correcto.muchas gracias, espero su respuesta.un saludo

      1. Hola ángeles, lamento mucho la situación que estás enfrentando con tu padre y comprendo tu preocupación por su bienestar dado que no puedes comunicarte con él y vives en otra ciudad, una opción sería intentar contactar con otros familiares o amigos cercanos que puedan tener acceso a tu padre y puedan proporcionarte información sobre su estado y bienestar si esto no es posible o no proporciona los resultados esperados, considera ponerte en contacto con Cuidum para expresar tus preocupaciones sobre el cuidado de tu padre, una evaluación de su situación y determinar si está recibiendo el cuidado adecuado además, podrían brindarte orientación sobre cómo proceder para asegurar su bienestar si estás dispuesta a cuidar a tu padre.

    110. Hola soy Elizabeth y quiero preguntar soy cuidadora n profesional de ancianos pero lo hago entro a trabajar de noche de lunes a viernes ..y los sábado a las 21hs entro y el domingo todo el día hasta el lunes a las 8 de la mañana y quiero saber si me corresponde hacer la limpieza también a mí xq la señora tiene la que hace las limpieza en la semana gracias esa es mi pregunta

      1. Hola Elizabeth!
        Buenas,

        Respecto a las tareas que debes realizar, deberás revisar lo que estipula tu contrato de trabajo y las condiciones que hayáis pactado al inicio del servicio. Las tareas depende de lo que pactarais cuando iniciaste el servicio.

        Lo que debes revisar es tu horario de trabajo puesto que no se está respetando tu descanso semanal. Debes librar 36 horas consecutivas semanales, ya que no puedes trabajar de lunes a domingo sin descansar. Te recomendamos que hables con tu empleadora para regularizar tu situación.

        Recibe un saludo.

    111. Hola soy cuidadora tenia q trabjar findesemana…..entre e viernes y hoy domingo m enferme…qe me corresponde.porqe enferme e el trbjo.gracias

      1. Buenas Analia,

        En el caso de que estés enferma deberás de solicitar a tu médico de cabecera la baja médica ya que no puedes ausentarte de tu puesto sin justificar.

        Respecto a la baja médica, informarte que los 3 primeros días de baja no se cobra salario.

        Recibe un saludo,

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